Este martes por la mañana, luego de una sesión maratónica que duró más de 20 horas en Diputados, se aprobó en General la Ley Bases. Contó con 142 votos a favor, 106 en contra y 5 abstenciones

Luego, con el transcurso de las horas se dio inicio a la votación por capítulos del mencionado proyecto. En este marco diputados aprobaron la derogación de la ley de movilidad jubilatoria con 125 votos afirmativos, 113 negativos y 3 abstenciones

De esta manera, habrá un nuevo sistema que repercutirá en las jubilaciones y se trata de la Prestación de Retiro Proporcional. Cabe señalar que afectará a aquellas personas que cumplieron 65 años y que no completaron los 30 años de aportes necesarios para jubilarse. No obstante, el proyecto que obtuvo la media sanción, aún deberá ser tratado en el Senado.

Cabe recordar que con la movilidad jubilatoria, aproximadamente 800.000 personas se jubilaron sin cumplir con los 30 años de aporte requeridos en la normativa previsional. 

Este martes, Diputados aprobó en General la Ley Bases Foto: Archivo
Este martes, Diputados aprobó en General la Ley Bases Foto: Archivo

En tanto, aquellas personas que cumplieron 65 años y no completaron los 30 años de aportes necesarios para jubilarse comenzarán a percibir, a partir de esa edad, un beneficio mínimo equivalente a la Prestación Universal al Adulto Mayor (PUAM). Esta prestación representa el 80% de la jubilación mínima, que actualmente asciende a $260.141,60 teniendo en cuenta el refuerzo de $70.000. 

Sin embargo, quienes accedan a la PUAM no tendrán derecho a pensión por viudez. Además, el Ejecutivo argentino deberá determinar los adicionales que percibirán los trabajadores en función de la cantidad de años de aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). 

Luego en particular, por capitulo, votaron la derogación de la ley de movilidad jubilatoria con 125 afirmativos, 113 negativos y 3 abstenciones
Luego en particular, por capitulo, votaron la derogación de la ley de movilidad jubilatoria con 125 afirmativos, 113 negativos y 3 abstenciones

CUÁL ES EL IMPACTO DE LA PRESTACIÓN DE RETIRO PROPORCIONAL

En cuanto al nuevo sistema, Andrea Falcone, abogada especializada en temas previsionales explicó que genera que 9 de cada 10 mujeres no podrán jubilarse a los 60 años.

En consecuencia, deberán aguardar hasta los 65 años para acceder a una Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) en caso de no contar con los aportes necesarios, o bien a un retiro proporcional. “Esto se debe a que solo el 10% de las mujeres logra completar los 30 años de aportes al alcanzar la edad jubilatoria”, indicó.

Con la Prestación de Retiro Proporcional, 9 de cada 10 mujeres no podrán jubilarse a los 60 años Foto: Ilustrativa
Con la Prestación de Retiro Proporcional, 9 de cada 10 mujeres no podrán jubilarse a los 60 años Foto: Ilustrativa

“Pero la finalización de la moratoria previsional no es una preocupación netamente femenina. De aprobarse la Ley de Bases, 7 de cada 10 hombres tampoco podrán jubilarse a los 65 años, debiendo optar por una pensión no contributiva o una jubilación proporcional. La alta informalidad laboral es el principal motivo por el cual se ha permitido la “adquisición” de aportes a través de moratorias. Es la respuesta que brinda el Estado ante la falta de control del empleo ‘en negro’”, agregó.

En tanto, 7 de cada 10 hombres tampoco podrán jubilarse a los 65 años Foto: Ilustrativa
En tanto, 7 de cada 10 hombres tampoco podrán jubilarse a los 65 años Foto: Ilustrativa

El proyecto contempla la derogación de la moratoria previsional establecida en la Ley N° 27.705 del 2023 a través del artículo 226. Por otro lado, el artículo 227 del mismo proyecto contiene disposiciones adicionales sobre esta temática. “Créase la Prestación de Retiro Proporcional, para aquellas personas que hubieran alcanzado los sesenta y cinco (65) años de edad y que no cumplan con el requisito previsto en el artículo 19 Inciso “c” de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones”, indica.

“El haber mínimo para los beneficiarios de esta prestación de retiro será el establecido en el artículo 14 de la Ley N° 27.260 y alcanzará únicamente a aquellas personas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de dicha ley. El Poder Ejecutivo reglamentará el presente artículo, en un plazo no mayor a treinta (30) días y establecerá los parámetros objetivos para el acceso a porcentajes que reconozcan los aportes efectivamente realizados al Sistema Integrado Previsional Argentino, y las condiciones por las que se regirá la prestación”, menciona la normativa.

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