COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - El asesinato de Torrico se produjo cuando éste caminaba junto a su sobrino por la calle. En dicho momento son interceptados por Nahuel Uranga y otra persona (aun no identificada), quienes les piden cigarrillos obteniendo la negativa de los primeros. Comienza una pelea y Uranga extrajo de su cintura un cuchillo y apuñaló a Torrico tres veces, despojándolo de elementos personales. Torrico fue trasladado por un familiar al Hospital Regional,donde falleció por un shock hipovolémico irreversible por herida de arma blanca.
La audiencia estuvo presidida por el juez penal Mariano Nicosia, subrogando a la jueza natural de la causa; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Camila Banfi, fiscal general; en tanto que la defensa de Uranga fue ejercida por Esteban Mantecón, defensor público. Asimismo se hizo presente un familiar de la víctima.
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Banfi solicitó al juez se mantenga la prisión preventiva del imputado hasta la audiencia preliminar ya que la fiscalía formuló la acusación y subsisten los peligros procesales por la cual le fue dictada. De acuerdo a lo informado por el Ministerio Público Fiscal, existen elementos de convicción suficientes para tener a Uranga como probable autor del hecho investigado.
Entre las pruebas, se encuentran tres testigos presenciales del hecho que conocen a Uranga del barrio y lo sindican como el autor. También una medida de allanamiento en la casa del imputado que arrojó resultado positivo, secuestrándose la mochila y la gorra de la víctima. Banfi asimismo mencionó el peligro de fuga existente teniendo en cuenta la expectativa de pena, 12 años, en caso de ser declarado responsable. Finalmente la fiscal argumento la existencia de peligro de entorpecimiento ya que los testigos presenciales del hecho, conocen a la víctima, como al imputado y viven en el mismo barrio. De manera que su soltura podría influir sobre ellos, concluyó.
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En contraposición el defensor requirió la prisión domiciliaria de Uranga y afirmó que “le sorprenden los argumentos de la fiscal”. El Código Procesal Penal establece reglas claras para fijar la prisión preventiva y “no basta con una probabilidad de autoría para mantenerla”. La expectativa de pena no alcanza para el dictado de una medida de coerción” y respecto al entorpecimiento la fiscalía ya ha tomado entrevistas y presentó la acusación, entonces no existe dicho peligro. Negando la existencia del peligro de fuga ya que la madre del imputado se encuentra presente en la audiencia y sería la garante del cumplimiento de la medida sustitutiva solicitada, arresto domiciliario.
Por último el juez penal resolvió hacer lugar a lo solicitado por la representante de fiscalía y mantener la prisión preventiva del imputado hasta la audiencia preliminar a celebrarse el próximo 7 de marzo. Ello en base a los elementos de convicción suficientes recolectados por la acusadora pública, y por la existencia de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación. La naturaleza de la evidencia justifica el cargo en su contra, “homicidio en ocasión de robo”; y la medida se adopta “para garantizar la averiguación de la verdad”, aseguró el juez.