El fallo -al que tuvo acceso ADNSUR- explica que el 29 de julio de 2013 a las 6.45,  el condenado, acompañado por su  hermana Florencia y otro sujeto, Carlos González, ingresó a un domicilio de calle Jamaica del barrio Laprida a las patadas y armados. Dentro dormía un matrimonio.

“Maltrataron a sus moradores, que descansaban, a quienes se intimidó con armas de fuego y corto punzantes, sufriendo el hombre un culatazo en la cabeza. Los damnificados fueron exigidos para entregar dinero, se revolvió el inmueble, destruyéndose enseres de la casa y los atacantes se alzaron con una consola de Play Station II, color gris marca Sony, una memoria color negra y dos joystick, uno negro y el otro blanco”.

Cuando oyó los primeros ruidos sospechosos, la mujer víctima reaccionó y avisó al 911. Ríos llegó al sitio acompañado por otro suboficial cuando el asalto terminaba. Persiguieron a la mujer y a González. Pero al escuchar un pedido de auxilio, Ríos regresó a la vivienda. 

“Advertidos que un tercero estaba aún en la casa del siniestro, volvieron sobre sus pasos y, en la ocasión, Ríos se topó con un hombre (Almonacid) que salía de la casa y que le disparó varias veces con su arma hiriéndolo en la parte intercostal izquierda, lo que provocó lesiones en el intestino, páncreas e hígado, vena cava inferior y vena renal derecha”.

El propósito del ladrón “se refleja cuando salió de la vivienda empuñando el arma de fuego y disparando contra la humanidad de los agentes que se encontraban auxiliando”. Almonacid sabía que Ríos era policía. De acuerdo al máximo tribunal provincial, por saber esto primero desobedeció la voz de alto y luego lo baleó a matar con un calibre 38 desde la vereda.

De acuerdo al fallo, el hecho “quedó debidamente acreditado y guarda correlato con la valoración de la prueba legítimamente incorporada al debate”. Las evidencias incluyeron los informes, las pericias y los testimonios de Ríos, los policías que fueron al lugar, los vecinos y las víctimas del robo, M. A. M. y H. A. R. que describieron el ingreso de los imputados a su domicilio, cómo huyeron y el enfrentamiento con Ríos. En este sentido el Superior consideró que la calificación legal escogida fue correcta.

En este sentido, el STJ consideró que el tribunal de primera instancia “relacionó adecuadamente medios que, analizados desde el propio texto sentenciador, no perturban el discurso que sostienen”. 

“Las sentencias fueron contestes en poner en cabeza de Almonacid el hecho del intento de robo con los medios vistos y los disparos que lesionaron al infortunado policía, en las circunstancias referidas. Los pilares que cimentaron la prueba de cargo resultan indiscutibles y fueron objeto de adecuada ponderación por el Tribunal de Mérito y la Cámara”.

También avalaron “la extensión del daño y peligro causado habida cuenta de los padecimientos físicos y psíquicos soportados por Ríos y las escuetas posibilidades que tenía en adelante de desarrollar una vida normal”. El único atenuante fue la corta edad del condenado, por la “posibilidad de readecuar su vida y reinsertarse socialmente sin afectar los derechos de terceros en sociedad”.

La sentencia la firmaron Alejandro Panizzi, Jorge Pfleger, Daniel Rebagliati Russell y los conjueces Aldo Luis De Cunto y Carlos Velázquez. Por su jubilación, José Luis Pasutti no alcanzó a votar.

ADNSUR está certificado por CMD Certification para la norma CWA 17493 de JTI, octubre 2024-2026. Ver más
¿Querés mantenerte informado?
¡Suscribite a nuestros Newsletters!
¡Sumate acá 👇🔗!
Recibí alertas y la info más importante en tu celular

El boletín diario de noticias y la data urgente que tenés que conocer