El mes pasado, el Ministerio de Salud y Trabajo emitió la resolución conjunta 4/2021 que viene a reglamentar la Resolución 207 del Ministerio de Trabajo sobre qué personas están eximidas de ir a trabajar durante la pandemia por coronavirus.

El abogado laboral, doctor Jorge Echelini, explicó a ADNSUR que la resolución indica que  "las personas recibieron la primera dosis de cualquiera de las vacunas que están en el país, pasados los 14 días de haber recibido la primera dosis, el empleador podrá - en un acto voluntario - intimarlos a que presten servicios. Con excepción de tres casos específicos, que aun no vacunados no deben volver a trabajar".

Los tres casos son los  inmunodeficientes, por ejemplo el sida, trasplantados, y  pacientes oncológicos en tratamiento. "Aún vacunados no podrían volver a trabajar", reiteró. 

Jorge Echelini en diálogo con ADNSUR.

El resto de los casos en los que se produce eximición si deberían volver a trabajar, pero con un caso excepcional para los padres que tienen hijos chicos que están cursando en este nuevo sistema de presencialidad, donde algunos días se va y otros no. "Con una declaración jurada especifica podrían ausentarse esos días. Serían otro de los parcialmente exceptuados", apuntó.

Los que no están vacunados y están en el listado con factores de riesgo, si no están vacunados no deben volver a trabajar. Por ejemplo, personas mayores de 60 años pero deben demostrar que están inscriptos en un registro para recibir las dosis contra el covid.

La vacunación es una decisión personal pero puede estar sometido a sanciones, aseguró el abogado a sostener que  "el si no vacunarse es un impedimento para volver a trabajar, la primera obligación que tiene es trabajar y el empleador le paga un sueldo por no trabajar, debe por lo menos cumplir los requisitos para poder protegerse. Sino lo cumple, se esta saliendo de la norma y se arriesga a que un empleador lo pueda sancionar".

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