Este domingo se confirmó el procesamiento del piloto del avión sanitario que se estrelló en el aeropuerto de Esquel el 5 de mayo del 2020, accidente que dejó un saldo de tres víctimas fatales.
El sitio EQSNotas confirmó la información a través del fiscal Federal Federico Baquioni. Según informó el Juzgado Federal de Esquel determinó procesarlo como autor del delito de desastre aéreo culposo agravado por el fallecimiento de tres personas.
Se debe recordar que el accidente ocurrió cuando el avión Lear Jet 35 de la empresa MD FLY SA con matrícula LV -BXU, se estrelló en el aeropuerto de Esquel. El avión sanitario había despegado del aeropuerto de San Fernando con cuatro personas: el médico Federico Bassi y el enfermero Patricio Walmsley que murieron instantáneamente, el copiloto Ángel Martín Gamboa falleció el 7 de mayo en el hospital local, y Mariano La Torre, el piloto, único sobreviviente del trágico hecho.
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En su análisis, el juez federal de Esquel imputó al piloto al mando del avión por negligencia al continuar con el procedimiento de aproximación final y aterrizaje a pesar de estar en condiciones de visibilidad inferiores al mínimo establecido en la carta de navegación.
Según la causa, la maniobra de escape fue iniciada 13 segundos más tarde de lo indicado en la carta de navegación, y se llevó a cabo de manera imprudente, lo que provocó que el avión derrapara y se incendiara. La visibilidad casi nula existente en ese momento en el aeropuerto impidió que el accidente fuera detectado a tiempo.
“Cuando llegó a la altura de decisión el piloto estaba en conocimiento de que la visibilidad era muy inferior a la que requiere la carta de navegación y que estaba notoriamente reducida por los bancos de niebla que había en el aeropuerto. No lograba ver la pista de aterrizaje y continuó con la aproximación hacia el aeropuerto confiando en la observación exterior que hacía su copiloto que según lo escrito en el auto de procesamiento no le confirmó que la pista estaba visible y además venía cumpliendo su rol de manera notoriamente deficiente. En razón de esto último, La Torre no puede amparase en el principio de confianza para desligarse de responsabilidad porque su copiloto no le haya advertido que en la altura de decisión no se veía la pista del avión”, indicó el mismo sitio.