AFIP prorrogó el plazo para hacer la recategorización del monotributo: ¿Hasta cuando será?
Así lo dio a conocer la Administración Federal de Ingresos Públicos mediante la Resolución 5534.
Este martes, se conoció que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó el plazo de recategorización del monotributo. Así lo dieron a conocer mediante la Resolución 5534.
De esta manera buscan facilitar a los monotributistas la adecuación de su categoría según los ingresos obtenidos. Según se supo, la fecha límite para poder recategorizarse será el próximo viernes 9 de agosto.
Luego de la reciente reforma fiscal, implementada a través de la ley 27.743, modificaron el Régimen Simplificado, permitiendo que aquellos que ejercen actividades independientes, ya sea en el ámbito del comercio o en la prestación de servicios, puedan acceder a este régimen si sus ingresos anuales no superan los $68 millones.
Cabe recordar que la recategorización de los pequeños contribuyentes es un requisito obligatorio, dado que determina el monto de la cuota a abonar durante los seis meses siguientes, en función de la facturación máxima registrada en el semestre anterior.
El organismo encargado de esta normativa ha anunciado, además, que la fecha de vencimiento de las cuotas mensuales, que tradicionalmente caía el martes 20, se trasladará al miércoles 28 de agosto. No obstante, las obligaciones de pago resultantes de esta recategorización tendrán vigencia desde el 1° de agosto de 2024 hasta el 31 de enero de 2025.
CÓMO HACER LA RECATEGORIZACIÓN DEL MONOTRIBUTO
- Ingresar al portal Monotributo con CUIT y clave fiscal.
- Seleccionar la opción “recategorizarme” y luego el sistema otorgará la categoría actual del contribuyente y los topes de cada parámetro de esa categoría.
- Después, seleccionar en “continuar recategorización”. Luego, se debe ingresar información sobre el monto facturado en los últimos 12 meses y “confirmar categoría”.
- Por último, imprimir la nueva credencial.