El Gobierno Nacional confirmó una buena noticia para un sector de beneficiarios de ANSES, con la entrega de un súper bono en el mes de agosto.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) anunció el pago de un bono excepcional de más de $ 250.000.

Este beneficio está destinado a un grupo de beneficiarios, con el objetivo de que puedan garantizar los controles médicos y la asistencia a clases de las niñas y niños del grupo familiar.

ANSES entregará un bono especial de $250.000: quiénes lo cobrarán

¿QUIÉNES LO COBRAN?

Se trata de un monto de $ 263.791 para los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) que cumplan con una serie de requisitos. 

La cifra se estableció luego de conocerse el incremento de un 4,8% de las diferentes prestaciones sociales, en base al aumento correspondiente a la nueva ley de movilidad jubilatoria, indicó Ámbit.

Se confirmó que el plus se les entregará a aquellos titulares de las AUH por discapacidad, es decir que cuenten con un hijo o hija de discapacidad, sin límite de edad y que resida en el país. 

ANSES entregará un bono especial de $250.000: quiénes lo cobrarán

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS?

✔️Tener DNI actualizado (la constancia de DNI en trámite no acredita identidad).

✔️Residir en el país.

✔️Ser argentino/a nativo/a o naturalizado/a, o con residencia legal en el país mínima de 2 años.

✔️Tener los datos personales y vínculos familiares registrados y actualizados en ANSES. Podés consultarlos ingresando en Mi ANSES con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social.

✔️Presentar una vez por año el Formulario Libreta PS 1.47.

Mientras que de la hija o hijo tendrán que contar con la siguiente documentación:

-Contar con autorización por discapacidad vigente tramitada en ANSES.

-Sin límite de edad.

-Ser hijo/a matrimonial o extramatrimonial, adoptada/o o estar bajo guarda, tutela, o curatela a la persona, o estar a cargo de un pariente por consanguinidad hasta 3º grado (abuela/o, tía/o, hermana/o).

-Si es mayor de edad y no tiene madre ni padre ni curadora/or se abona la AUH al pariente por consanguinidad o afinidad cuya obligación alimentaria esté declarada o reconocida por autoridad judicial competente, a través de sentencia o información sumaria.

-Tener DNI (la constancia de DNI en trámite no acredita identidad).

-Residir en el país.

-Ser argentina/o nativa/o o naturalizada/o o con residencia legal en el país mínima de 2 años.

-Figurar en la base de personas de ANSES relacionado con quien lo tiene a cargo y con el otro/a progenitor/a.

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