Desde el pasado 15 de enero, comenzó la recategorización del monotributo. Así lo indicó la Agencia de Recaudación y Control Aduanero a través de la Resolución General 5637/2025 publicada en el Boletín Oficial, con todos los detalles que tienen que conocer los monotributistas.

Según detallaron desde ARCA, estará disponible hasta el próximo 5 de febrero. Los contribuyentes deberán realizar el cambio dentro de este período, ya que las categorías de los monotributistas se actualizarán automáticamente en función de sus declaraciones.

Una novedad importante es que se implementarán procedimientos más ágiles para realizar la recategorización, utilizando la información disponible en los sistemas informáticos la Agencia de Recaudación y Control Aduanero. 

Los contribuyentes recibirán la notificación correspondiente a través de su Domicilio Fiscal Electrónico en un plazo de 10 días hábiles después del vencimiento del período de recategorización.

Así lo indicó la Agencia de Recaudación y Control Aduanero a través de la Resolución General 5637/2025 publicada en el Boletín Oficial
Así lo indicó la Agencia de Recaudación y Control Aduanero a través de la Resolución General 5637/2025 publicada en el Boletín Oficial
Río Negro

Con respecto a esta actualización, incluye varias modificaciones al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), lo que afectará directamente a los monotributistas de todo el país.

Una de las modificaciones más importantes tiene que ver con el uso del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) para ajustar las categorías de los contribuyentes. El proceso de recategorización tomará en cuenta las variaciones del IPC, y las nuevas categorías se determinarán según la variación anual de este índice.

Estará disponible hasta el próximo 5 de febrero
Estará disponible hasta el próximo 5 de febrero
El Cronista

La actualización se realizará semestralmente, en los meses de enero y julio, tomando como referencia los semestres que terminan en junio y diciembre, respectivamente. Esto permitirá ajustar las categorías de los monotributistas de acuerdo con la inflación y los cambios económicos del país.

En cuanto a los cambios derivados de la recategorización de oficio, es decir, los realizados automáticamente por el organismo, comenzarán a tener efecto a partir de los meses de agosto y febrero.

Los contribuyentes deberán realizar el cambio dentro de este período, ya que las categorías de los monotributistas se actualizarán automáticamente en función de sus declaraciones
Los contribuyentes deberán realizar el cambio dentro de este período, ya que las categorías de los monotributistas se actualizarán automáticamente en función de sus declaraciones
Economis

Por último, con estas modificaciones, el objetivo principal es adaptar el régimen del monotributo a las realidades económicas actuales, teniendo en cuenta la inflación y los ingresos de los contribuyentes. La recategorización semestral permitirá una actualización más ágil y precisa, beneficiando tanto a los contribuyentes como a las autoridades fiscales.

Con información de Ámbito, intervenida por IA, bajo supervisión y edición de ADNSUR

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