La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) cambió uno de los requisitos para cobrar las Asignaciones Familiares, y fue oficializado a través de la Resolución 219.

Se trata del condicionante de residencia demandado a la persona titular de la prestación o generadora de derecho contemplado en la Ley 24.714. El plazo de residencia en el país exigido a los beneficiarios de las Asignaciones Familiares del Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF).

ANSES redujo así, de 180 a 90 días corridos el período máximo de ausencia en el territorio nacional válido para no avanzar con la baja de cobro, con el objetivo de "homogeneizar" su control.

"De cumplirse el plazo de ausencia citado precedentemente, se procederá a la suspensión de la Asignación correspondiente", indicaron en la resolución.

Modificaron uno de los requisitos clave para cobrar las Asignaciones Familiares

LAS MODIFICACIONES

🔹Asignación Familiar por Cónyuge: la suspensión operará cuando la persona titular o su cónyuge se ausenten del país simultánea o alternadamente y de manera continuada por más de 90 días;

🔹Asignación por Embarazo para Protección Social: la suspensión se pautará cuando la persona titular se ausente del país, también por el plazo mencionado,

🔹Asignación Familiar por Hijo e Hijo con Discapacidad: dicha baja operará cuando el hijo de la persona titular se ausente de manera continuada por el plazo de 3 meses. 

Para verificar su cumplimiento, se utilizará la información obrante en las distintas bases de datos brindadas por el organismo previsional y aquella remitida por la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) “en el marco de los convenios vigentes”, así lo indicó El Cronista.

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