Nuevos límites para saldos y transacciones en billeteras virtuales: cuáles son
Así lo estabeció la AFIP. Determinados saldos finales mensuales requerirán hacer un aviso ante el organismo recaudador.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció en las últimas horas nuevos límites para saldos y transacciones realizadas a través de billeteras virtuales para no ser reportados.
En mayo, determinados saldos finales mensuales requerirán hacer un aviso ante el organismo recaudador. Esto al igual que las transacciones individuales, con el objetivo de lograr una mayor transparencia fiscal.
Desde el miércoles 1º de mayo los saldos finales mensuales menores a $ 200.000 no requerirán aviso ante el organismo y las transacciones individuales menores a $ 400.000 tampoco se reportarán.
Los usuarios no necesitarán realizar una notificación ante el ente fiscal sobre ingresos y egresos mensuales de sus cuentas que no superen los $ 120.000. Estos parámetros se establecen con el fin de mantener una transparencia fiscal y evitar sanciones, señaló El Cronista.
Estos límites se aplican tanto para transacciones entre cuentas como para movimientos entre diferentes billeteras virtuales y bancos.
Asimismo, se aclaró que en caso de superar lo establecido por AFIP, el organismo se podría contactar con el titular de la cuenta para solicitar documentación respaldatoria de los fondos y operaciones realizadas.
¿Qué documentos se pueden solicitar?
✔facturas emitidas en los últimos seis meses
✔comprobantes de cobros jubilatorios
✔recibos de sueldo
✔certificados de ingresos emitidos por contadores públicos