sábado 13/2/2021El Poder Ejecutivo reglamentó la ley de movilidad jubilatoria, que establece un ajuste trimestralLa legislación establece que las jubilaciones se ajustarán los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre, en base a una fórmula que se aplicará en un 50% en base a los recursos con destino a la Anses y en un 50% a la evolución de los salarios de los trabajadores estables. A partir del 1 de marzo, el monto del haber mensual de la Prestación Básica Universal (PBU) será el que resulte de aplicar a la suma de $8.707,78 el incremento por movilidad correspondiente a dicho mes.