COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) – Este viernes por la mañana  se desarrolló en sede de los tribunales penales ordinarios la audiencia de apertura de investigación para la octava imputada Vanesa Medina Consoli, por hechos acontecidos entre diciembre de 2011 y octubre de 2014. La investigación también tiene como coimputados a los ex funcionarios Abel Reyna, Darío Acosta, Amilda Caro, Claudia Leonori, Fabiana Oñieva, Raquel Antimilla y Alejo Recalde. La fiscal solicitó que se le impute el hecho a Medina Consoli en base al delito de “asociación ilícita, en calidad de partícipe; en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público”. En contraposición el defensor solicitó que no se haga lugar a la apertura ya que “no cumple con los requisitos” establecidos en la Ley.

Foto: Ministerio Público Fiscal.

El acto estuvo presidido por Mariel Suárez, jueza penal; por el Ministerio Público fiscal se hizo presente Camila Banfi, fiscal general; en tanto que la defensa de Medina Consoli la ejerció Esteban Mantecón, defensor general.

En un primer momento la fiscal hizo mención brevemente al hecho a investigar cuando los imputados entre diciembre de 2011 y octubre de 2014 tomaron parte en montar una estructura para adjudicar de manera ilegal a personas que no reunían los requisitos y allegados viviendas del IPV. Asimismo obtenían de los adjudicados beneficios patrimoniales, específicamente nombró la asignación de las 81 viviendas del barro Ciudadela. Realizaban a discreción una selección irregular de ciudadanos para consumar ilícitos. Es decir adjudicar viviendas a personas que no reunían los requisitos para ello. Por su parte Medina Consoli era auxiliar administrativa y formó parte de la banda alterando registros, y legajos que no cumplían con los requisitos, por ejemplo no incorporando informes sociales. Adjudicando viviendas a allegados, familiares y a los mimos integrantes de la asociación ilícita.

Así,  la imputada omitió cumplir con los deberes de funcionario público, aseguró la fiscal. Calificando provisoriamente el hecho como “asociación ilícita, en calidad de partícipe; en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público” para Medina Consoli. Requiriendo la medida sustitutiva de prohibición de acercamiento al IPV local y a testigos en base al peligro de entorpecimiento por el período que dure la investigación, informó el Ministerio Público Fiscal.

Cabe mencionar que los imputados

realizaban a discreción una selección irregular de ciudadanos para consumar ilícitos. Reyna formaba parte de la banda en calidad de jefe y omitió cumplir con sus deberes de funcionario público y demás leyes que regulan la adjudicación o preadjudicación de viviendas en el Instituto Provincial de la Vivienda local. Asimismo Acosta colaboró como organizador y coordinó con Reyna tareas con otros integrantes del IPV local destinadas a adjudicar viviendas a personas que no reunían los requisitos para ello".

Por su parte el defensor respecto de la medida sustitutiva de prohibición de acercamiento comentó que su pupila ya ha sido adscripta por resolución del IPV al Ministerio de Salud. Así también hizo referencia a “falencias en la acusación” ya que a su entender se hace en el relato del hecho “una mención generalizada de cuál fue la actividad desplegada para conformar una asociación ilícita, pero no es precisa, sino generalizada”. Es decir “no amerita la imputación de un delito”. Medina Consoli era una auxiliar administrativa, no podía disponer de la entrega de un inmueble, ello sucedía desde Rawson. Por todo ello concluyó que “no se le puede imputar a mi asistida la participación en una asociación ilícita, ya que no se cumplen los requisitos para la apertura de investigación”.

Finalmente la jueza penal resolvió que corresponde decretar la apertura de investigación preparatoria por el hecho descripto por la fiscal acontecido entre diciembre de 2011 y octubre de 2014 en base al delito de “asociación ilícita, en calidad de partícipe; en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público” para Medina Consoli. A su entender el relato del hecho reúne las condiciones que la norma procesal penal exige. Estableciendo igual plazo de investigación que para los restantes imputados, es decir hasta el 26 de noviembre de 2016 y dando por anoticiada a la imputada medina Consoli del hecho y su calificación legal provisoria, y por asegurada su defensa técnica. Dictándole finalmente la medida de coerción de prohibición de acercarse al IPV local y de mantener contacto con testigos.

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