A cambio de renuncia a reclamos futuros, Energía propone subsidiar a provincias con 14 pesos por barril
El Ministerio de Hacienda dispuso la transferencia de $116,10 por barril de crudo para las empresas y provincias petroleras que abastecen al mercado local, a modo de compensación por el congelamiento de precios dispuesto en agosto pasado. ¿Cuánto recibiría Chubut?
COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - La resolución 552/19 de la Secretaría de Energía de la Nación, publicada este lunes en el Boletín Oficial de la Nación, establece un sistema de subsidios para operadoras petroleras y provincias productoras de hidrocarburos, con un monto de $116,1 a distribuir del siguiente modo: 88% para las compañías y 12% para los Estados provinciales. A cambio, deben renunciar a reclamos futuros por los desfases que provocan el congelamiento del barril de crudo en 59 dólares por barril y el tipo de cambio fijo en $46,69 para operaciones del sector.
De este modo, el subsidio correspondiente a las provincias petroleras puede calcularse en $13,99 por cada barril de crudo volcado al mercado interno. Si se considera una producción media del orden de los 3 millones de barriles de crudo que mensualmente Chubut vuelca al mercado interno (alrededor del 70% de su producción, ya que el resto se exporta, pudiendo oscilar entre 30 y 40% el volumen de venta externa), el subsidio para esta provincia puede estimarse en alrededor de 44 millones de pesos mensuales.
El monto resulta bajo, si se compara con lo reclamado por el Estado provincial, que ha denunciado que el congelamiento del precio le provoca una merma superior a los 1.600 millones de pesos durante los 3 meses de vigencia del congelamiento de precios.
Para el conjunto de las petroleras que operan en la provincia, que acceden al 88% del subsidio, ese monto asciende hasta los 316 millones de pesos mensuales.
Atenuar perjuicios
La norma establece que la solicitud del subsidio deberá estar acompañada de una renuncia “a todo derecho, acción o reclamo administrativo, judicial, extrajudicial o arbitral” relacionado con “las normas que establecen la metodología de determinación de precios de los biocombustibles”. La exigencia se plantea para empresas y provincias petroleras respecto de lo determinado por los decretos 566/19 y 601/19 (el primero congeló los precios de los combustibles y fijó los valores del crudo y el tipo de cambio, mientras el segundo modificó el valor de la paridad cambiaria hasta los actuales 46,69 pesos, ya que en un primer momento era de 45,19 pesos).
La medida se dictaminó en una jornada en la que la suba del precio internacional del petróleo amenaza con descalzar mucho más las operaciones del mercado interno, ya que el salto en la cotización del crudo tipo Brent (superó los 65 dólares en esta jornada) genera una brecha más amplia frente a los 59 dólares en que se congeló el mercado interno.
Entre los fundamentos, se señala que “para sostener el nivel de actividad y empleo y proteger al consumidor durante este período excepcional, corresponde atenuar el impacto que las medidas establecidas por el decreto 566/2019 generaron en las empresas productoras de petróleo así como en las empresas productoras de biocombustibles, en razón de la mezcla obligatoria de dichos productos con los combustibles fósiles dispuesta por la ley 26.093”.
En efecto, el subsidio también alcanza a las productoras de biocombustibles, con un subsidio del 6% sobre el precio fijo que se estableció para ese insumo, que es uno de los componentes que incide en la variación de precios de naftas y gasoil.