El proyecto de Ley ‘Bases’ que se tratará hoy en la Cámara de Diputados contiene entre sus artículos el capítulo vinculado a energía, en el que se apunta a la libre comercialización del crudo entre productoras y refinadoras, como también en lo vinculado a importaciones y exportaciones de hidrocarburos. En la práctica, implica la desaparición de cualquier tipo de precio de referencia en el mercado interno, conocido como ‘barril criollo’, además de que deja de ser una prioridad el autoabastecimiento de energía.

Con esa finalidad, el proyecto que se disponen a aprobar hoy los diputados nacionales contempla una serie de modificaciones a la ley nacional de Hidrocarburos, número 17.319 y a la ley 26.741, aprobada en el año 2012 por acuerdo entre Nación y las provincias de la OFEPHI, que priorizaba la respuesta al mercado interno, por sobre el externo.

Con ese objetivo, se elimina el artículo 1 de la mencionada ley, que establecía el interés público nacional y prioritario del país para lograr el autoabastecimiento de hidrocarburos, “así como la exploración, explotación, industrialización, transporte y comercialización de hidrocarburos, a fin de garantizar el desarrollo económico con equidad social, la creación de empleo, el incremento de la competitividad de los diversos sectores económicos y el crecimiento equitativo y sustentable de las provincias y regiones”.

La actividad petrolera forma parte de la discusión dentro de la Ley Bases.

FIN DEL BARRIL CRIOLLO: EL MERCADO INTERNACIONAL DEBERÍA FIJAR SUBAS Y BAJAS DE LOS COMBUSTIBLES

El mecanismo conocido como ‘barril criollo’, aplicado desde el año 2003 en adelante, para evitar que los altos precios del mercado internacional se reflejaran directamente en los valores de los combustibles del país (y también utilizado en tiempos de precios bajos, a manera de sostén de la producción) no podrá volver a aplicarse en el país. 

Así se desprende de las modificaciones a la ley de Hidrocarburos, en las que se establece que el Poder Ejecutivo no podrá intervenir o fijar los precios de comercialización en el mercado interno, en cualquiera de las etapas de producción. El nuevo texto afirma que las empresas con participación del Estado, como YPF, sólo podrán vender “únicamente a precios que reflejen el equilibrio competitivo de la industria, esto es a las correspondientes paridades de exportación o importación, según corresponda”.

En la práctica, los precios del mercado interno se han alineado progresivamente con el valor internacional desde el mes de diciembre, si bien todavía rigen las retenciones del 8%, lo que significa una diferencia equivalente a ese valor.

Fin del barril criollo: ¿ habrá baja en los combustibles?

A partir de la nueva ley, si el precio del barril de petróleo volviera a escalar por encima de la franja de valores actuales, por ejemplo, si salta desde el nivel de los 80 dólares hasta los 100 o más, como se especula que podría ocurrir en caso de que se profundicen las tensiones bélicas en Oriente Medio, los precios de los combustibles se dispararían directamente, siguiendo esa progresión del mercado externo.

En sentido contrario y de acuerdo con la teoría liberal económica, también si hubiera una baja pronunciada del mercado externo, como ocurrió en tiempos de la pandemia, esto debería reflejarse con una merma en los surtidores.

Sobre la redacción original del proyecto sobre el capítulo petrolero, sólo se agregó una corrección para que las exportaciones, en caso de que existieran problemas en el abastecimiento del mercado interno, deberían ser previamente autorizadas por el Poder Ejecutivo nacional, algo que quedaría limitado solamente a casos excepcionales.

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