RAWSON (ADNSUR) - El Juez Penal Marcelo Nieto Di Biase resolvió ayer martes rechazar el acuerdo de juicio abreviado presentado por las partes, en el marco de la causa en la cual se acusa a tres jóvenes por el delito de abuso sexual simple. El fiscal Fernando Rivarola los había beneficiado al considerar al hecho, ocurrido en Playa Unión durante septiembre de 2012, como un “desahogo sexual”.

Al respecto, Alejandra Tolosa, la asesora de la víctima, se refirió a la decisión del juez y consideró: "Me parecen bien sus fundamentos. Él dice que no puede convalidar un acuerdo porque no lo conoce". Y agregó: "Se habla de un acuerdo de confidencialidad y le piden al juez algo ilegítimo".

En contacto con Radio 3 Cadena Patagonia, señaló que "la salida puede ser un juicio abreviado con otra calificación. El juicio oral es el más adecuado teniendo todos los resguardos de no revictimizar a la víctima y eso se puede hacer". 

El hecho ocurrió en setiembre del 2012 y están acusados tres jóvenes de abusar a una menor de edad en la Playa Unión. La víctima relató el abuso al que fue sometida seis años después de ocurridos los hechos y tres jóvenes admitieron haber cometido "abuso sexual simple", es decir "manoseos y tocamientos pero sin acceso carnal".

En el juicio abreviado y bajo esta calificación a los imputados les hubiera correspondido una pena menor a tres años, es decir prisión en suspenso. Entre los fundamentos de su resolución, el juez considera que "resulta necesario un mayor conocimiento de los hechos, como así también que resulta exigua la pena acordada". El magistrado destacó que precisa saber "las circunstancias de realización del hecho y la extensión del daño en la víctima" por lo que "la calificación propuesta resulta errónea".

Luego de la decisión del juez, se informó que el Ministerio Público Fiscal (MPF) recurrirá la resolución "por no haber respetado la voluntad expresa de la víctima y soslayar la opinión de su terapeuta, quien explicó las razones por las cuales la joven no puede continuar con este proceso".

"La resolución (del juez Di Biase) vulnera su derecho a ser oída y a que su decisión sea considerada en la resolución del caso, contradiciendo las recomendaciones plasmadas en todos los Tratados Internacionales que regulan los derechos de las mujeres víctimas de violencia", manifestaron desde la Fiscalía. 

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