COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) – Tras conocerse un video donde efectivos policiales golpeaban a un menor de edad sobre la avenida Alsina, el fiscal general, Martín Cárcamo remarcó que  “lo que le está vedado a la policía es agredir injustificadamente a una persona”. Por encontrarse abocado a la Guardia de ese día el fiscal inició una investigación de oficio, sobre el caso, entendiendo que de la observación del video arroja la clara convicción de la existencia de un delito, más específicamente de abuso de autoridad. Conforme a ello se tomaron las primeras medidas de investigación tendientes a acreditar la veracidad del video. Lo cual se ha acreditado como verdadero. Asimismo se ha identificado la identidad de la víctima, como también el lugar en el que acontecen los hechos.

La causa avanza con la recolección de evidencia para poder acreditar ya la materialidad del hecho y trabajando para poder acreditar la autoría, que dicho universo queda reducido a funcionarios policiales. Las tareas investigativas se encuentran abocadas a poder identificar a los agresores, a los autores de este hecho; las primeras tares fueron tendientes a determinar exactamente el lugar y en las próximas horas con la información que nos ha facilitado la Unidad Regional vamos a poder reducir el universo de sospechosos de funcionarios policiales, informó el Ministerio Público Fiscal.

Además, se indicó que el hecho se produce en la avenida Alsina en la mano que desciende hacia el mar, entre Rawson y Dorrego, más cercano a la esquina con la calle Dorrego. El hecho habría ocurrido el pasado martes 8, aproximadamente a las 21.00 horas, las circunstancias son que ésta víctima frecuentaba esa zona en función de un lugar de residencia bastante próximo, en función de una actividad que realiza la madre. Por la reserva de la víctima el fiscal evitó dar mayores detalles de ello. La víctima frecuentaba esos lugares y era conocido por personal policial que custodia esa zona. El menor víctima se encuentra en estado de vulnerabilidad respecto a sus derechos más elementales, por ello se le dio intervención en el caso a la Asesoría de menores. En el contexto en que ocurrió el hecho era una situación normal que el menor de 13 años esté circulando por esa zona.

El fiscal Cárcamo sostuvo en el programa radial de las periodistas Verónica Turra y Silvia Aragón de Radio Nacional que “más allá de la filmación, existen testigos presenciales de la agresión, y lo que llama la atención y lo transforma en un hecho de gravedad es el lugar en el que habría ocurrido, una zona muy transitada, con abundante tránsito vehicular en ese momento”. La agresión ha sido presenciada por quién realiza la filmación y por otros testigos presenciales.

Dar  precisiones respecto del estado de vulnerabilidad del menor es estigmatizarlo”, sostuvo el fiscal Cárcamo. “En cualquier situación lo que le está vedado a la policía es agredir injustificadamente a una persona”, remarcó.

En caso que se identifique a los agresores se producen dos ámbitos de responsabilidad distintos e independientes: uno el ámbito administrativo interno de la policía con el sumario administrativo; y el otro es la investigación que está llevando adelante la fiscalía que determinará la responsabilidad penal de los autores del hecho. Esta falta de los funcionarios policiales además de ser una falta administrativas, constituye un delito, aseguró el fiscal Cárcamo. Este tipo de delito, más allá de la calificación legal que pueda encuadrar, abuso de autoridad, vejaciones, apremios ilegales, tienen penas de muy corta duración en cuanto a penas privativas de la libertad. Si tienen la pena de inhabilitación con las que se castiga a este tipo de delitos, que en algunos casos llega a inhabilitaciones de tipo perpetua.

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