200 horas de trabajos comunitarios por "tenencia simple" de drogas
Pagará 200 pesos de multa y tendrá año y medio de prisión en suspenso.
COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - Un carpintero de Comodoro Rivadavia, Juan Fermín Vargas, fue condenado a un año de prisión en suspenso, una multa de 200 pesos y 200 horas de trabajos no remunerados a favor del Estado o de una entidad de bien público, luego de ser hallado culpable de tenencia simple de droga. Si no cumple estas condiciones, será encarcelado. La idea de que trabaje gratis es que la pena tenga un fin reeducativo.
En julio de 2013, en un allanamiento ordenado por el juez Alejandro Solís en la finca de Vargas, calle Código 844 al 1.500 del barrio Moure, la Policía halló 4 envoltorios de marihuana, suficiente para preparar 262 porros, y cocaína para 82 dosis. La droga estaba oculta en una campana extractora de aire de la cocina, en paquetes rectangulares de nylon cubiertos con cinta de embalar marrón.
También se secuestró Cafiaspirina Plus apta para cortar la droga, y una pistola Glock envuelta en una media con cargador de 13 cartuchos.
Fue una sorpresa, porque el operativo buscaba elementos vinculados a un hecho de sangre, como vainas servidas o manchas de sangre, pero no estupefacientes. En el lugar funcionaba el bar “Bandidos Rurales”.
En su testimonio ante el Tribunal Oral Federal de Comodoro, Vargas contó que esa tarde vio frenar dos patrulleros de la Comisaría Quinta. Se acercó al portón y bajó un tal subcomisario Ferreira que le dijo: “Abrime el bar o te reviento”. Vargas se quejó con los jueces de que había “policías por todos lados” pero no testigos civiles. Y de que la orden de allanamiento era para el bar, no para la casa. El lugar es amarillo, de dos pisos.
Escuchó que habían encontrado paquetes sospechosos pero nunca las vio. “Se encontraba separado del lugar donde las pusieron, esa droga no era suya y nunca la vio ahí, al igual que las armas que dicen que secuestraron ni tampoco le consta si eran de algunas de las personas que conviven en su domicilio”, dijo. Firmó el acta en disconformidad.
El lugar tenía muchas mesas y sillas para los parroquianos. Sobre el fondo una barra y un mueble de madera para la venta de bebidas. Bajo ese mueble se encontró una réplica de arma de fuego, 9 mm. También manchas hemáticas en el ingreso al bar y en el piso del pequeño baño, y vainas servidas en la vía pública.
Una declaración sorpresiva del juicio fue de Oscar Bravo, amigo íntimo del imputado que atendía el local. Relató que dormía cuando los policías lo despertarlo de la cama, lo esposaron y lo llevaron al para el bar. “Da fe que no había armas porque vive ahí, y que esa droga es suya y que la tenía para consumo personal”, le dijo al tribunal, que no le creyó.
También habló Matías Barrientos, sobrino de Vargas. Estaba de visita en el lugar y el operativo lo sorprendió durmiendo. “Llegó la policía, los precintaron, estuvieron en el piso, después encuentran un arma, dicen que encuentran droga y se retiran. Vargas estaba discutiendo porque supuestamente había un arma y firmó disconforme. Que sabía que la droga es de Oscar, su amigo. Que Vargas no sabía que esa droga estaba en ese lugar, que estaba cocinando con Tito y le comenta que Vargas no sabía y que si se enteraba se iba a enojar. Le consta que era de Bravo la droga porque él consume, fuma, es amigo de él de hace años, y consume marihuana y toma merca”.
En el fallo, los jueces Nora Cabrera de Monella, Enrique Guanziroli y Pedro De Diego consideraron que la cantidad de marihuana y cocaína no era compatible con un presunto consumo personal de Vargas, ya que superó ampliamente la dosis mínima y no se secuestró ningún objeto que indique uso privado.
“El tóxico se encontraba en su ámbito de custodia, oculto en la campana de la cocina en la forma que relataron los testigos y exhiben las fotografías del expediente de la justicia provincial que llevó adelante el procedimiento”, explicaron. Además el operativo buscaba otra cosa. “No puede pensarse –ninguna prueba o indicio lo señala- que hubieren ´colocado´ esa cantidad de sustancia estupefaciente para inculparlo”.
En cuanto a los dichos de los testigos Bravo y Barrientos, que hicieron lo posible por salvar la ropa del condenado, “recién en esta instancia aparecen, y tienen lazos de íntima amistad y familiaridad con Vargas que indican que sus testimonios pueden estar influenciados por esa cercanía, y orillar en un falso testimonio que deberá investigar otra autoridad”.
Ahora corre peligro Bravo, que atendía el bar. “Sorpresivamente se hace cargo de la droga luego de tres años de proceso con fundamento en supuesto consumo; dice que vivía al momento de los hechos en el domicilio allanado, situación que afirmó perdura, pero que de las constancias surge lo contrario”. Es que según la causa vive en el barrio Militar de Km. 11. Su relato tampoco coincide con el acta del operativo.
Lo mismo vale para el sobrino, que figura con domicilio en el barrio Estándar Sur de Km. 8. “Mención aparte debe decirse del supuesto consumo que invocó Bravo, ningún elemento afín le fue hallado a él ni en el lugar”.
“Resumiendo –aclara la sentencia- Vargas dice que en su casa no había droga ni armas, pero se incautaron dos especies de tóxico, marihuana y cocaína, además de armas y municiones, incluidas las de ´juguete´ o réplicas (…) Los estupefacientes estaban en su ámbito de custodia, en su casa, en la campana del extractor, junto con un arma de fuego. Sus dichos negativos son un intento de despegarse de la amenaza penal, más cuando conoce que está imputado en otra causa judicial también por infracción a la ley 23.737”.