Asociación ilícita y cohecho: coimputada seguirá con arresto domiciliario
Se trata de Guillermina Ferreira Almada, quien se encuentra embarazada.
COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - En horas de la mañana del miércoles se desarrolló en sede de los tribunales penales ordinarios la audiencia de revisión de la medida de coerción que pesa sobre la coimputada Guillermina Ferreira Almada en el marco de una investigación por los delitos de cohecho, asociación ilícita y facilitación de la prostitución, entre otros. La defensora requirió que permanezca en el domicilio en que se encuentra “hasta la fecha del parto”, en tanto que el funcionario de Fiscalía pidió que se “sustituya el lugar de la prisión domiciliaria por otro más acorde y para restituir el inmueble”.
Cabe mencionar que la causa tiene como coimputados al comisario Alejandro Pulley, Juan Carlos Cuellar Gamboa, Guillermina Ferreira Almada, César “Chatrán” Hernández y el oficial de policía Pedro Benítez. La semana pasada se efectuó otra audiencia respecto de Ferreira en la cual se resolvió se mantuviera su arresto domiciliario en el domicilio de Francia al 500 y se buscase un lugar más adecuado distinto a éste.
Presidió la revisión subrogando a la jueza natural Martín Cosmaro, juez penal; por el Ministerio público Fiscal se hizo presente Cristian Ovalle, funcionario de fiscalía; en tanto que la defensa de la coimputada fue ejercida por Viviana Barillari, defensora pública. Ferreira Almada no se encontraba presente ya que posee un embarazo muy avanzado.
La defensora argumentó que se constituyó en el domicilio de Francia al 500 donde encontraron a la coimputada Ferreira Almada en estado de reposo por recomendación médica. Luego fue visitada por el médico forense y “tiene como fecha probable del parto el próximo 9 de septiembre; por ello sería un riesgo que comparezca a la audiencia. La defensa no puede disponer el comparendo. En “La Casa” no tienen capacidad de alojarla y de Migraciones no se obtuvo respuestas. No tiene otro domicilio y está cumpliendo su arresto domiciliario, solicitando por todo ello que permanezca detenida en ese domicilio hasta la fecha del parto”.
Por su parte, el funcionario de fiscalía sostuvo que no habría motivos para que la imputada no concurra a la audiencia, ya que no está debidamente acreditado su estado de salud, solicitando un lugar alternativo para que cumpla el arresto domiciliario ya que los herederos legítimos de los propietarios del inmueble reclaman la devolución del mismo y han presentado una denuncia.
Asimismo, refirió que tampoco este domicilio de Francia al 500 es un lugar apto para una persona que se encuentre alojada allí ya que le retiraron los servicios públicos de luz y gas, solicitando que se constate su estado de salud con su ginecóloga en Clínica del Valle y se sustituya el lugar de su prisión domiciliaria por otro más acorde y para restituir el inmueble. Hay un reclamo en el fuero civil por parte de los herederos del mismo.
Finalmente, el juez penal resolvió mantener el arresto domiciliario de la imputada Guillermina Ferreira Almada por el tiempo que dure la investigación ya que los riesgos procesales por los cuales se le dictó la medida permanecen hasta la fecha.
Fundó su decisión en que de acuerdo a la consigna policial dispuesta en el lugar “no ha habido indicio alguno que en el lugar se esté facilitando la prostitución, por lo tanto no habría obstáculo para que la imputada permanezca en dicho domicilio hasta que pueda dar a luz”.
LOS HECHOS INVESTIGADOS
El ilícito en cuestión aconteció cuando Cuellar Gamboa y Ferreira Almada forman parte de una asociación ilícita para realizar distintas actividades ilícitas en el inmueble usurpado de la calle Francia al 500, todo ello bajo la protección de Benítez, que prestaba servicios en la Seccional Primera de policía, quien ponía a su disposición recursos policiales.
A Cuellar Gamboa lo colocan como jefe de la asociación ilícita, así planifican ilícitos teniendo fuertes vínculos con familias dominicanas. Estos consisten en estafas, robos agravados y otras acciones, montando dicha estructura de organización como asociación ilícita, contribuyendo para apoderarse de vehículos de manera ilícita, junto al prófugo Cesar Alejandro Hernández.
Este último oficiaba de organizador de la banda para cometer estafas y otras defraudaciones. Calificando provisoriamente el hecho para Cuellar Gamboa como “jefe de la asociación ilícita” y como “organizadores” Almada Ferreira y Hernández; para Benítez, como “partícipe de la asociación ilícita en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público y falsificación de instrumento público”.
FACILITACIÓN DE LA PROSTITUCIÓN, COHECHO ACTIVO Y PASIVO
Asimismo, los fiscales en la audiencia de control de detención del pasado 5 de julio se refirieron a la imputación para Cuellar Gamboa, Almada Ferreira y Pulley en el período comprendido entre el 15 de septiembre de 2014 hasta el 2 de junio de 2016 en el domicilio de Francia al 500, donde funcionaba un departamento VIP. Allí cinco mujeres realizaban pases sexuales en distintos horarios a cambio de dinero. El 50% de lo recaudado era entregado a Guillermina Almada Ferreira, mientras que Cuellar Gamboa realizaba la seguridad interna necesaria para los servicios sexuales. El por entonces comisario de la Seccional Primera de Comodoro, Alejandro Pulley, tenía una vinculación personal con los habitantes del inmueble, a pesar de tener conocimiento de lo que allí sucedía, aceptando el ofrecimiento de dinero para brindar protección al lugar.
Los hechos fueron calificados provisoriamente respecto de Cuellar Gamboa como “facilitación de la prostitución en concurso ideal con explotación económica de la prostitución, al menos 5 hechos en concurso real”, en calidad de coautor. Respecto de Guillermina Almada Ferreira, como “facilitación de la prostitución, en concurso ideal, con explotación económica de la prostitución, al menos 5 hechos en concurso real con cohecho activo”, en calidad de autora. Finalmente respecto del Comisario Pulley se califica el hecho como “cohecho pasivo, 4 hechos en concurso real, en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público”, en calidad de autor.