COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR/Escuchá la entrevista) – El fiscal Martín Cárcamo explicó por qué Brenda Vargas -quien se encuentra prófuga- pudo acceder a salidas transitorias. Detalló que “se unificaron las penas y se fijó una condena de 4 y 7 meses, por lo que puede realizar salidas transitorias a la mitad de la pena". Agregó que la joven "estaba en condiciones temporales de obtener el régimen de salidas transitorias". Dijo por otro lado que no tienen "equipos que puedan evaluar la situación de los condenados que pueden acceder a las salidas transitorias" y que "la fiscalía tuvo en cuenta los informes que da la Alcaidía y un informe que emite la DPP (Defensoría Penal Pública) sobre la actitud del condenado”.

Brenda Vargas "estaba en condiciones de obtener salidas transitorias"

Cárcamo agregó que la joven, envuelta en el juicio por el homicidio de Néstor Vázquez, "ya había cumplido pena antes de que se dicte la sentencia; entonces se tiene en cuenta el tiempo que ya cumplió y por eso accedió al beneficio”.

“En base a los cómputos, estaba en condiciones temporales de obtener salidas transitorias. La particularidad que presenta es que se produjo el escenario del artículo 58 que son las unificaciones de condena. Una persona no puede cumplir sucesivamente dos o más condenas. En consecuencia, ello obligó a que como existían dos condenas se procediera a la unificación de pena que se fijó en una pena única de 4 años y 7 meses. Respecto a eso, debe practicarse un cómputo de pena que establece los tiempos mínimos de condena”, explicó.

Cárcamo remarcó que “el primer beneficio al que se puede acceder es el régimen de salidas transitorias en la mitad de la condena" y ello "retrotrae los periodos en los que estaba cumpliendo pena, de manera que todo el tiempo de privación de libertad previa a la segunda condena se puede contabilizar con la pena única”.

“Efectivamente estaba en condiciones temporales del obtener el régimen de salidas transitorias. Este caso no fue la excepción. La ley penal exige más que el cumplimiento del requisito temporal una serie de dictámenes”, remarcó.

Sostuvo que “el personal policial que se encarga de llevar adelante el cumplimiento de estas penas no ha recibido capacitación desde el punto de vista penitenciario, es decir de las evaluaciones que deben hacerse”.

“Las evaluaciones no suelen ser lo suficientemente precisas, no sólo en el caso de Brenda Vargas sino de cualquier condenado. Si bien ahora existe la denominación de políticas penitenciarias, no alcanza a llenar la exigencia de la ley”, indicó.

Además, el fiscal explicó que “no tenemos equipos que puedan evaluar la situación de los condenados que pueden acceder a las salidas transitorias. La fiscalía tuvo en cuenta los informes que da la Alcaidía y un informe que emite la DPP sobre la actitud del condenado”.

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“La otra parte del déficit es la inexistencia o muy contados casos de tecnología disponible para el control y cumplimiento de las penas. Como antecedente un mes antes se había decepcionado un arresto domiciliario que fue concedido sujeto a que se consiguiera un dispositivo electrónico”, indicó.

Respecto al paradero de Brenda Vargas, el fiscal indicó que “el juez de ejecución dictó la orden de captura y hasta el momento no ha sido recapturada, por lo que estamos expectantes a cómo evoluciona el resto de los días para hacer extensiva la orden de captura de nivel internacional”.

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