Chubut: violó a su hija durante 15 años, lo sobreseyeron con un insólito argumento y finalmente fue condenado
Un ADN confirmó que el abusador embarazó a la víctima. Sin embargo, un tribunal hizo lugar a un tecnicismo presentado por la defensa. El caso llegó a la Corte, que dictaminó continuar con el proceso.
Un hombre violó a su hija durante más de 15 años. Un examen de ADN comprobó que fruto de esos abusos la víctima había tenido un hijo. Sin embargo, y a pesar de esa prueba irrefutable, un tribunal chubutense lo sobreseyó con un argumento insólito: el plazo de investigación se había extendido 20 minutos. Ese tecnicismo, planteado por el defensor del abusador, hizo que evitara la condena.
Tras un largo camino de apelaciones, donde la Justicia chubutense siguió considerando válido ese argumento, el caso llegó a la Corte Suprema de la Nación. Los ministros del máximo tribunal revocaron el sobreseimiento y decidieron que la causa penal debía seguir su curso.
Fue así como finalmente un tribunal conformado por los jueces María Alejandra Hernández, María Inés Bartels y Yamila Flores declaró culpable al abusador y admitió la acusación por el delito de “abuso sexual agravado por la convivencia y ser cometido contra un menor en la modalidad de delito continuado”, presentada por los fiscales Ivana Berazategui y Alex Williams.
Según informó el Ministerio Público Fiscal, en la audiencia realizada en Puerto Madryn, los fiscales solicitaron que el condenado quede en prisión preventiva, alojado en establecimiento carcelario, pero el tribunal dispuso arresto domiciliario. La próxima semana se realizará la audiencia para pedir la pena de efectivo cumplimiento.
UN INFIERNO QUE SE EXTENDIÓ DURANTE MÁS DE 15 AÑOS
Fuentes judiciales informaron que los abusos comenzaron cuando la niña tenía 5 años y se repitieron hasta que cumplió los 22. La víctima dio a luz a un bebé y las pruebas de ADN confirmaron que el acusado era el padre biológico, una evidencia clave para la acusación.
Sin embargo, el Tribunal de Juicio integrado por Leonardo Pitcovsky, Marcelo Orlando y Stella Eizmendi resolvió dictar el sobreseimiento del imputado en base a un planteo efectuado por el defensor público Lucio Brondes, considerando que el plazo de investigación se había extendido 20 minutos.
Frente a esta resolución, el Ministerio Público Fiscal presentó una apelación por considerar que había un exceso de rigor formal, ya que el retraso no justificaba cerrar la causa.
La causa recayó en el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut, que calificó al planteo acusatorio como inadmisible. No obstante, un recurso de queja interpuesto por el procurador General de Chubut, Jorge Luis Miquelarena, elevó las actuaciones ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que dispuso hacerle lugar y revocar el sobreseimiento para permitir que el proceso penal continúe.
La decisión fue firmada por los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, quienes remitieron sus votos al fallo del caso “Price” -también basado en un caso de Chubut-, al considerar que las provincias no tienen potestad para crear causales de extinción de la acción penal que no estén previstas en el Código Penal, facultad reservada exclusivamente al Congreso de la Nación.
