Condenaron a un peluquero y a una niñera que ingresaban droga a Comodoro
Son primos y fueron encontrados culpables de un delito que se originaba en Capital Federal y continuaba en la ciudad, con llegada también a Caleta Oliva. Se determinó un entramado de viajes, escalas y mentiras.
Dos primos, un peluquero y una niñera, fueron condenados en las últimas horas a prisión en un juicio abreviado en el que admitieron su responsabilidad por el delito de trasladar droga entre Capital Federal y Comodoro Rivadavia para su comercialización.
Así se determinó en el juicio a cuya sentencia accedió ADNSUR.
El peluquero Pedro Joel Mena de la Rosa y la niñera Yuridia de la Rosa Bonilla, ambos nacidos en República Dominicana, iban y venían entre Capital Federal y Comodoro Rivadavia para vender cocaína.
El hombre, nacido en Santo Domingo, ya está preso en la Unidad 14 de Esquel.
La mujer, nativa de Sábana Grande de Boya, vive en San Telmo y tiene dos nenes de 4 y 11 años.
Por transporte de estupefacientes, en un juicio abreviado donde reconocieron su responsabilidad, De la Rosa fue condenado a 3 años y 1 mes de prisión efectiva y Bonilla, a 4 años.
Según se supo, la Policía Federal los seguía desde el 22 de febrero de 2019.
Ambos viajaban en micro y en avión desde CABA, con frecuentes escalas y trasbordos hasta llegar a Comodoro, donde se hospedaban y permanecían un solo día para concurrir en remís a domicilios particulares, comercializar la droga y luego retornar a Buenos Aires.
La noche del 15 de marzo de 2019 fue detenida Bonilla. Llegaba a Comodoro en un micro de larga distancia de Don Otto que la Policía seguía. Llevaba $ 4.732 y dos pasajes a su nombre para el tramo Retiro-Comodoro-Caleta Olivia. Y en la bodega del micro, una valija negra que la Policía abrió en la playa de la Estación de Servicio YPF sobre ruta 3 Km. 1.916: en un doble fondo de cartón había dos envoltorios de nylon con ladrillos por más de dos kilos de cocaína.
El mismo día pero más temprano se detuvo en las afueras del Aeropuerto General Mosconi a De la Rosa, que llegaba desde CABA y ya se iba en un remís.
En su poder tenía una mochila con prendas, $ 2.340, un pasaje aéreo de Buenos Aires a Comodoro y un I-phone A1660.
Los investigadores creyeron que se había tragado la droga, pero le realizaron placas en el Hospital Regional con resultado negativo.
Según la Justicia Federal, Bonilla fue encargada del traslado físico y personal de la sustancia; el aporte de Mena era “prescindible” ya que su cómplice igual hubiera concretado el traslado del tóxico sin su intervención.
La pesquisa determinó que realizaban un viaje cada 8 días, a partir de informes de las empresas de transporte, de la CNRT y de las cámaras de la terminal de ómnibus.
Así se establecieron las fechas de arribo a la ciudad y a partir de los registros del Hotel Comodoro se detectó que ambas personas se alojaban transitoriamente una vez a la semana, permaneciendo solo un día.
También se verificaron múltiples movimientos de retiro de valijas y viajes en taxis y remises, además de trasbordos de micros bajándose antes del destino y seguimientos en Buenos Aires.
Solían llevar mochilas y visitaban casas y hospedajes en distintos barrios porteños. Todo con movimientos característicos del narcomenudeo.
La condena explicó que el dúo trasladaba la droga “con recelo y en distancia”.
Y que primero viajaban con la sustancia pero luego la abandonaban en etapas “en una intentona de desentenderse de su dominio y negar cualquier vínculo entre ellos, que se trasladaban en igual fecha pero en diferentes medios de transporte realizando trasbordo en el último tramo del recorrido”.
Para el juez Mario Reynaldi, Bonilla era quien tenía más poder de decisión. “Tenía dominio del hecho y sobre las conductas. Podía actuar de diverso modo y no lo hizo. Decidió voluntariamente transportar cocaína, portaba los tickets que demuestran su despacho y le otorgaban la posibilidad de hacerse luego con la valija una vez en destino, y la peritación de su teléfono da indicios de que, al ser formateado en forma remota, se destruía la evidencia vinculante con terceros y su contenido ilícito”.
Es diferente la situación de De la Rosa: “No definía el curso del hecho, ni determinaba el destino del tóxico. Su aporte al hecho era de apoyo o protección a su prima; su contribución al hecho era reemplazable, sustituible por otra persona”.
“Semejante cantidad de estupefaciente tendría alto impacto en una localidad pequeña como Caleta Olivia, destino final del transporte. Por eso la presente sentencia debería ser un severo llamado de atención para ambos”, remata la sentencia.
Como tiene a cargo un hijo pequeño, Bonilla cumplirá su condena en prisión domiciliaria, en una vivienda de San Telmo, CABA, de la que sólo podrá salir por motivos médicos urgentes.
Si incumple, se le advirtió que sería trasladada a una cárcel federal.
Será controlada con rondines controles diarios y sorpresivos al menos dos veces al día de 7 a 22 y a futuro se le colocará una tobillera electrónica.
El fallo ya fue comunicado a la Dirección Nacional de Migraciones.