Un policía fue condenado a tres años de prisión en suspenso, encontrado culpable por lesionar a dos personas que andaban en moto. El agente de seguridad se interpuso en la circulación, el conductor hizo una maniobra para esquivarlo pero el policía lo golpeó en el casco, provocando la pérdida de control del vehículo y posterior caída.

El episodio ocurrió en Villa la Angostura, y en las últimas horas se conoció la información del Ministerio Público Fiscal. Finalmente hubo un acuerdo entre las partes, que fue presentado por Adrián De Lilio, fiscal del caso. En el documento, se declara responsable al policía Matías Torres por delitos graves hacia el conductor, en concurso con lesiones leves respecto de la acompañante. 

Ambos delitos son calificados por su calidad de funcionario de la policía, en concurso ideal con el delito de violación de los deberes de funcionario público, en calidad de autor.

Av. Arrayanes, Villa la Angostura. Foto: archivo.

El caso ocurrió el 24 de enero de 2024, alrededor de las 10:20. El policía estaba patrullando a pie sobre una senda peatonal de Villa la Angostura, ubicada en Avenida Arrayanes e intersección con calle Cerro Belvedere.

En un momento, se paró en medio de la senda peatonal y se interpuso en el camino de la motocicleta conducida por un hombre, que estaba acompañado de una mujer. 

Cuando la moto esquivó al policía, este último golpeó el casco del conductor, que perdió el control del vehículo. Ambos ocupantes cayeron sobre un cartel de tránsito. Como consecuencia de esta acción, las víctimas sufrieron lesiones.

El tribunal estableció una pena de 3 años de prisión en suspenso y 3 años de inhabilitación especial. Por otro lado, tendrá que cumplir por ese plazo reglas de conducta, fijar residencia y no modificarla sin dar previo aviso al tribunal, someterse al control de población judicializada, no cometer delitos, realizar una entrevista de admisión de un espacio individual o grupal, en un espacio de salud pública donde podrá realizar terapia respecto a las situación de violencia o ira. 

Asimismo, se le prohibió ejercer cualquier acto que implique situaciones de molestia, intimidación y perturbación contras las víctimas.

De Lillo sostuvo que el acusado en su calidad de funcionario policial, se apartó en su actuación de patrullaje preventivo, “en cuanto no llevó a cabo la conducta debida de conformidad a las leyes y reglamentos, que rigen su accionar como integrante de una fuerza de seguridad, al desplegar esa acción”. El juez de garantías Maximiliano Bagnat homologó el acuerdo presentado por las partes en todos sus términos.

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