Confirman la condena al hombre que mató de un puntazo a otro en las 1008
Es de ocho años y seis meses de prisión por encontrarlo penalmente responsable del homicidio de Mauro Villagra.
COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - Por unanimidad, la Cámara Penal de nuestra ciudad confirmó el fallo condenatorio de primera instancia para Cristian Rúa a ocho años y seis meses de prisión al encontrarlo penalmente responsable del homicidio de Mauro Villagra. En la audiencia de impugnación efectuada la semana pasada el defensor planteó que se nulifique la sentencia condenatoria y se reenvíe para realizar un nuevo juicio, también que se modifique la calificación legal a homicidio cometido en legítima defensa y finalmente que se disminuya la pena al mínimo establecido para el delito de homicidio. El fiscal solicitó que se rechace la impugnación de la defensa y se confirme la sentencia condenatoria al igual que la parte querellante.
La Cámara en lo Penal estuvo integrada por Daniel Pintos, Martín Montenovo y Guillermo Müller, jueces penales de Cámara; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Héctor Iturrioz; la querella estuvo representada por Daniel López; en tanto que la defensa de Rua fue ejercida por Guillermo Iglesias, abogado particular del mismo.
El tribunal de Cámara resolvió por unanimidad “no hacer lugar a la impugnación deducida por la defensa” en contra de la sentencia condenatoria a 8 años y medio de prisión para Cristian Rúa. Confirmando en todos sus términos la sentencia del tribunal de primera instancia.
Respecto de la alteración de la plataforma fáctica los jueces de Cámara consideraron que la sentencia atacada los resuelve bien ya que no incide en al principio de congruencia que debe regir entre la acusación y la sentencia. A su entender es inocuo, es decir no altera el núcleo duro de la acusación, no afecta el derecho a defensa en juicio.
En cuanto a la valoración de la prueba “el origen de la pelea tuvo que ver con la pertenencia al lugar del hecho”, sostuvieron los jueces.
Asimismo, respecto del “cuadro probatorio el tipo de lesiones, la mecánica del hecho, revela que el autor que extrae un arma blanca y lesiona a su contrincante, se coloca fuera del ámbito de justificación”.
Por último respecto del monto de la pena se convalidó también la decisión del tribunal, quedando en ocho años y seis meses de prisión, ya que se han valorado correctamente las circunstancias atenuantes y agravantes del caso, concluyeron.
EL HECHO
El ilícito acaeció el pasado 13 de mayo de 2015, a las 01.00 hs. aproximadamente, cuando la víctima, Mauro Villagra, junto a dos amigos se apersonaron en el sector 5, del barrio 30 de octubre (1008 viviendas) para comprar cerveza y son interceptados por 5 personas entre las que se encontraba el imputado, Cristian Rúa. Se produce un enfrentamiento mediante golpees de puño, entre la víctima y el imputado, momento en que Rúa extrae un arma blanca y comienza a arrojar puntazos contra la humanidad de Villagra, produciéndole cinco heridas. Una de ellas lesiona el corazón. Luego de la agresión Rúa se dirige a un palier y la víctima es trasladada al Hospital Regional donde fallece como consecuencia de las heridas recibidas.
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