El Tribunal de Impugnación rechazó la apelación presentada por la defensa de Pablo Parra, condenado por el femicidio de Agustina Fernández. De esta manera, el fallo del jurado popular que lo declaró culpable y la sentencia de prisión perpetua se mantienen firmes. Según el tribunal, no se demostraron los agravios alegados por el abogado defensor, Juan Manuel Coto.

La decisión del jurado fue clara: Parra es responsable de la muerte de la estudiante de medicina, un caso que conmovió a la sociedad. A pesar de intentar impugnar la sentencia con ocho presuntas irregularidades, la defensa no logró convencer a los magistrados, quienes afirmaron que los argumentos presentados carecían de sustento.

El tribunal, compuesto por los jueces Miguel Ángel Cardella, Carlos Mohamed Mussi y Adrián Fernando Zimmermann, analizó detenidamente la impugnación. Coto argumentó que la acusación había sido “deliberadamente imprecisa” y que había violaciones al derecho a guardar silencio, al reproducirse una entrevista periodística a Parra antes de que se le imputaran cargos. Según el abogado, esto afectó la capacidad del acusado para ejercer su defensa.

Además, el defensor cuestionó la validez de la evidencia física, particularmente un trozo de tela que contenía el ADN de Parra, alegando que había estado presente en la escena como testigo del secuestro. También argumentó que la Fiscalía no demostró un móvil claro para el crimen y que el análisis de las cámaras de seguridad no probaba que Parra estuviera en el lugar del hecho.

Coto hizo hincapié en que hubo un “error en el análisis de las cámaras” y criticó al perito Eduardo Prueger, quien realizó el análisis, por supuestamente priorizar sus creencias sobre su conocimiento técnico.

Asimismo, la defensa planteó que la presión mediática en Cipolletti había comprometido la imparcialidad del juicio, sugiriendo que esto debería haber llevado a la anulación del mismo. Sin embargo, los jueces del Tribunal de Impugnación argumentaron que no se había acreditado un incumplimiento procesal que afectara los intereses del acusado.

Con información de Diario RN, bajo supervisión y edición de un periodista de ADNSUR.

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