Continuará con prisión domiciliaria el camionero que chocó y le destrozó el auto a su ex
Lo resolvió la jueza Mariel Suárez, quien presidió la audiencia y autorizó la ampliación del plazo de investigación y el arresto domiciliario del imputado por el término de 15 días.
Este jueves por la mañana, se concretó una nueva audiencia de revisión por el hecho acontecido el pasado 6 de febrero del presente año, que tiene como imputado a Franco Ariel Almonacid. La fiscal solicitó la ampliación del plazo de investigación por 15 días e igual plazo de mantenimiento del arresto domiciliario que cumple el imputado. Por su parte el defensor no se opuso ni a la ampliación del plazo de investigación, ni al mantenimiento de la medida de coerción solicitada.
La audiencia de revisión fue presidida por Mariel Suárez, jueza penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente María Laura Blanco, fiscal general en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Guillermo Iglesias, abogado particular del mismo. Como pretenso querellante de dos de las víctimas actuó Juan Manuel Irusta.
En un primer momento la fiscal Blanco argumentó los motivos por los cuales está vigente el arresto domiciliario de Almonacid. No ha variado la plataforma fáctica y se han llevado a cabo diversas medidas de investigación. Siguen vigentes los peligros procesales de fuga y de entorpecimiento. Peligro de fuga por la gravedad de los hechos y de entorpecimiento ya que su soltura podría influir sobre los testigos. Así las cosas, solicitó se mantenga el arresto domiciliario de Almonacid y asimismo acompaña el pedido de constituirse como querellante y la solicitud de ampliación del plazo de investigación por 15 días.
En ese marco, el pretenso querellante Irusta solicitó ser tenido como parte querellante, acompañando a la fiscalía en su pedido de prórroga del plazo y ofrece nuevas medidas de prueba. Planteando la cuestión de género.
Por su parte el defensor plateó un déficit en el Poder que acompaña al pretenso querellante, falta el número de Legajo y dice Poder General y Especial. Asimismo, no están acreditados los extremos, afirmó el defensor. Respecto de la prórroga del plazo de investigación y el mantenimiento del arresto domiciliario de su cliente por 15 días no planteó objeción.
Finalmente, la jueza penal resolvió que el Poder presentado por el pretenso querellante deberá ser subsanado en el plazo de tres días, y una vez cumplido con ello se resolverá. Autorizando la ampliación del plazo de investigación y el arresto domiciliario del imputado por el término de 15 días, con el objeto de asegurar el proceso y la investigación.
La causa
El hecho a investigar tuvo lugar el pasado 6 de febrero del año 2022, siendo aproximadamente las 05:00 hs, la víctima, y su pareja, se encontraban en la Cervecería “La Patagónica”, lugar al cual habían concurrido junto a sus amigos a bordo del rodado marca Chevrolet, modelo Prisma Joy, propiedad de la víctima y su pareja. En dicho lugar también se encontraban Franco Ariel Almonacid, ex pareja de la víctima, junto a su pareja actual.
En tales circunstancias, se producen disturbios en el interior del local comercial por parte de los nombrados. Todo esto derivó en la intervención de personal de seguridad del lugar, que solicitó a Almonacid y sus acompañantes que se retiren del local.
Momentos más tarde la víctima y su pareja se retiraron del local junto a sus amigos, todos a bordo del rodado ya mencionado. Así, tomaron la Av. Hipólito Yrigoyen en dirección Sur – Norte, para luego girar por Av. Constituyentes, y al arribar a la intersección de las avdas. Constituyentes y Chile, el conductor detuvo su marcha en el multirubro Tetris para comprar cigarrillos. Todo esto sin advertir que Almonacid los estaba siguiendo al mando de un camión de grandes dimensiones marca Volkswagen, con una batea en la parte posterior.
Así, en momentos en que uno de ellos estaba bajando del rodado por la puerta trasera del lado del acompañante, apareció Almonacid, quien con claras intenciones de darles muerte a los propietarios del vehículo, y sin medir las consecuencias que se podrían haber producido a raíz de su accionar respecto de los restantes ocupantes del rodado, detuvo la marcha adelante del rodado , e inmediatamente dio marcha atrás, embistiendo al vehículo allí estacionado en la parte frontal del vehículo, cerca de la rueda del lado del conductor, lo que hizo que el vehículo realice un movimiento violento, que a su vez embistió a una de las víctimas y lo tiró contra una palma, para luego caer en la vereda, provocando así una abolladura en la puerta trasera del lado del acompañante.
Luego de dicho impacto, Almonacid inició su marcha hacia adelante, y pese a los gritos desesperados de los ocupantes del rodado que le pedían que se detenga, nuevamente dio marcha atrás y con el camión impactó violentamente y por segunda vez contra el vehículo, esta vez dando de lleno en la puerta delantera del lado del conductor, provocando una abolladura en dicha puerta.
Producto del accionar de Almonacid, tres de los ocupantes del rodado sufrieron lesiones en distintas partes del cuerpo que en principio revisten carácter leve, mientras que ellos y todos los restantes ocupantes del vehículo sufrieron fuertes dolores durante las horas posteriores al hecho.