COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - Este viernes se realizó la audiencia de ampliación del objeto procesal para el menor G.M.M., Jonathan Ezequiel Barrera y Silvina Raquel Vera por el homicidio de José Oviedo ocurrido el 25 de marzo en Fracción 14. La fiscal pidió la recalificación del hecho como “homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por ensañamiento”, en calidad de “coautores” para el menor G.M.M., Jonathan Ezequiel Barrera y de “partícipe necesaria” para Silvina Raquel Vera, lo que fue aceptado por la jueza, quien le negó salidas laborales a Vera, solicitadas por su defensa. 

La fiscal Camila Banfi les impuso el hecho acontecido el día 25 de marzo de 2.019, siendo las 18.45 horas aproximadamente, G. M. M., Diego Damián Metraillet, F. L. M. (menor de 14 años), Jonathan Barrera, Franco Facundo Bustos, K. S. (menor de 15 años), María Alejandra Hernández, Silvina Vera, Cesar Hueica y Pablo Andrés Arismendi, junto a dos sujetos cuya identidad aún no ha sido establecida, se convocaron de manera organizada, portando palos, fierros y piedras, y acompañados de otras personas en el exterior del domicilio sito en la Manzana C, lote 4, de barrio Los Bretes de esta ciudad, cuando su morador José Jorge Oviedo Cuyul se encontraba en el interior del mismo.

En esas circunstancias, las personas que estaban afuera de la vivienda entre las que se encontraban los arriba mencionados, comenzaron a gritar “salí Matías, salí Matías” refiriéndose al hijo de la víctima, Matías Oviedo, a quien este grupo sindicaba como presunto autor de un abuso sexual agravado cometido hacía pocas horas. Al oír que José Oviedo, desde adentro de su casa, les manifestaba que su hijo no estaba y que no era un violador, los sindicados comenzaron a gritarle a éste “salí que te vamos a matar”, “salí que te vamos a cagar matando”, para luego comenzar a realizar destrozos en la vivienda, rompiendo ventanas, puertas e incendiándola. Esta situación obligó a Oviedo a salir de su domicilio, escapando por la parte de atrás hacia el barrio Los Bretes, llevando consigo un machete y un trozo de hierro para defenderse, al tiempo que comenzó a ser perseguido por este grupo, quienes organizados convergieron intencionalmente en la persecución del mismo a efectos de matarlo.

José Oviedo logró recorrer, mientras era perseguido y agredido físicamente con piedras, palos y golpes de puño, unos quinientos cincuenta metros aproximadamente. Ello así hasta ser encerrado y aparentemente  embestido por un vehículo Renault Sandero, el que era conducido por Pablo Arismendi, lo que conllevó que la víctima, golpeada, lograra dar unos pasos hacia el frente, donde fue interceptado por el Subcomisario Víctor Farcy y el Comisario Inspector Juan Cruz Campos, que se trasladaban en sentido contrario a la víctima y al grupo agresor. En ese momento los funcionarios, quienes observaron a Oviedo con su rostro ensangrentado y el accionar violento de sus acometedores, se pusieron frente al herido intentado auxiliarlo y con el fin de frenar al grupo de gente que lo quería "linchar", entre los cuales se encontraban los nombrados G. M. M., Diego Damián Metraillet, F. L. M.,  Jonathan Exequiel Barrera, Franco Facundo Bustos, K. S., María Alejandra Hernández, Silvina Vera y Cesar Hueica; lo que les resultó imposible por la cantidad de personas en estado de exaltación que únicamente estaban enfocadas en dar muerte a José Oviedo.

Los sindicados autores continuaron propinándole golpes y piedrazos a Oviedo, siendo tal el nivel de violencia desplegada que llegaron al punto de atarlo con una soga en la pierna izquierda y arrastrarlo unos metros, mientras el personal policial trataba de evitarlo, siendo éstos también agredidos. Este accionar del grupo agresor tal como se ve en la secuencia fílmica le provocó un dolor innecesario a la víctima, quien agonizaba mientras lo golpeaban, donde finalmente se produjo el deceso. Surge de la autopsia  realizada a quien en vida resultó ser José Jorge Oviedo Cuyún que la causa de su fallecimiento fue por traumatismos múltiples, traumatismo de cráneo, tórax y abdomen.

El hecho fue calificado provisoriamente como “homicidio doblemente agravado por ser cometido con el concurso premeditado de dos o más personas y con ensañamiento” en calidad de coautores. En el caso de Pablo Arismendi y de Silvina Vera  en carácter de “participes secundarios”, y subsidiariamente como “homicidio simple” en carácter de coautores y de “participes secundarios” de los imputados Pablo Arismendi y Silvina Vera.

Por su parte, la defensora planteó que no se establece en el hecho de forma clara qué conducta realizó cada uno de sus defendidos, postulando que en una etapa provisoria se precise cuál fue la actividad que tuvo Vera en el hecho. Respecto de Barrera y el menor G.M.M., cómo estas lesiones causaron la muerte de Oviedo, ssteniendo que “no se da este concurso de voluntades previas” que plantea la fiscal; ni tampoco “el ensañamiento” y postulando la calificación de “homicidio en agresión” y no la de “homicidio doblemente agravado”. Asimismo, solicitó permiso de salidas laborales para su defendida Vera.

La fiscal Banfi se opuso a ello por el lugar ofrecido para las salidas laborales, en el CAP de Fracción 14, ya que allí la imputada podría mantener contacto con testigos y ello entorpecería la averiguación del caso. “Si fija otro lugar laboral la fiscalía no se va a oponer”, adelantó la fiscal.

Finalmente, la jueza penal Mariel Suárez resolvió dar por ampliado el objeto procesal del caso a los tres coimputados, el menor G.M.M., Jonathan Ezequiel Barrera y Silvina Raquel Vera, y tenerlos por anoticiados del mismo y por asegurada su defensa técnica. Asimismo, admitió la nueva calificación legal escogida por la fiscalía de “homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por ensañamiento”, en calidad de coautores para el menor G.M.M., Jonathan Ezequiel Barrera y de partícipe necesaria para Silvina Raquel Vera, rechazando en forma momentánea las salidas laborales de Vera hasta tanto no se modifique su lugar, para no entorpecer la investigación.

Presidió la audiencia de ampliación Mariel Suárez, jueza penal; por el Ministerio Público Fiscal asistieron Camila Banfi, fiscal general y Belén De La Canal, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa de los tres imputados fue ejercida por Cristina Sadino, defensora pública y el menor (por videoconferencia desde Madryn) además por la Asesora de menores Andrea Mac Garva.

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