Crimen de Schmidt: le dieron 17 años de prisión al homicida
Lo anticipó el juez Alejandro Soñís tras realizarse la segunda parte del juicio.
COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR/Escuchá el audio de la entrevista) – El juez Alejandro Soñís confirmó en Actualidad 2.0 que se realizó la audiencia de cesura, "que es la segunda parte del juicio donde se establece la pena a aplicar y por unanimidad se le otorgaron 17 años de prisión a Miguel Sotelo” por el homicidio del remisero Fernando Schmidt.
Allí, el fiscal requirió la pena de 18 años de prisión teniendo en cuanta las circunstancias atenuantes y agravantes del caso; y asimismo que se mantenga su prisión preventiva hasta que la sentencia quede firme. El defensor pidió que se le aplique el mínimo establecido para la calificación en el Código Penal, es decir 8 años, y finalmente, el juez determinó otorgarle 17 años de prisión.
Soñís informó que “fue homicidio simple y la fiscalía había pedido la pena de 18 años pero tuvimos en cuenta todas las pautas y entendimos que la pena justa es de 17 años de prisión. Era el único imputado por este hecho”.
Dado que durante el hecho dos personas habían ingresado a robar las cámaras de seguridad de la remisería, el doctor explicó que “fue un hecho posterior pero no sometido a este juicio por homicidio”.
EL HECHO
Miguel Ángel Sotelo es un joven de nacionalidad paraguaya y fue acusado de asesinar a puñaladas al remisero Fernando Schmidt. El hecho ocurrió a fines de enero del año pasado.
El imputado entró a la remisería Aleisa y pidió un auto, tomó un vaso de agua y salió con la víctima. Al llegar a Las Orquídeas al 1.000 bajó del auto y desde afuera atacó a puñaladas al conductor, quien alcanzó a pedir ayuda antes de morir.
En su alegato sobre la pena el fiscal recordó que se ha declarado la responsabilidad penal de Sotelo en base al delito de homicidio simple en calidad de autor. "Atendiendo a las pautas de dosificación de pena evaluó como agravantes la naturaleza de la acción y el medio empleado para cometerla. Se debe valorar el accionar brutal del imputado, este hecho ha tenido un plus de violencia que debe ser valorado dentro de la naturaleza de la acción. Dicha acción comprendió la utilización de un arma blanca, con un tamaño importante con una hoja de más de 11 cm., utilizada de manera reiterada, efectuando al menos 22 lesiones en el cuerpo de la víctima. Esta agresión determinó que Schmidt perdiera el control de su rodado y colisionara con otro auto estacionado", manifestó.
También tuvo en cuenta como agravante el horario nocturno para llevar a cabo la muerte del ofendido y la extensión del daño causado, entendiendo que la víctima era una persona joven, sostén de hogar y padre de dos menores. Como atenuante consideró la edad con la que contaba Sotelo, que al momento del hecho tenía 18 años de edad, lo cual supone una menor aptitud madurativa para amoldarse a los mandatos de la Ley. Asimismo, como atenuante, el fiscal se refirió a la carencia de antecedentes penales del imputado, concluyendo que pesan más las agravantes que las atenuantes por lo cual solicitó la pena de 18 años de prisión para Sotelo y que se mantenga su prisión preventiva hasta que la sentencia condenatoria quede firme.
El defensor consideró como atenuante que su defendido no tiene antecedentes penales y lo que tiene que ser valorado son las manifestaciones de la Trabajadora Social respecto del Informe Social que realizó al imputado. Su historia de vida y desapego que afectó profundamente la personalidad de Sotelo. “Este Informe no puede ser dejado de lado por el Tribunal al momento de dictar sentencia. Habría que preguntarse que fin es el que pretende con el pedido de esa pena, el Ministerio Público Fiscal, vamos a lograr con ese monto el fin resocializador que pretende nuestra Constitución”, se interrogó el defensor, y pidió el mínimo de la pena establecido para el delito de homicidio, 8 años de prisión.
Finalmente, luego de un cuarto intermedio el tribunal resolvió por unanimidad imponer a Sotelo la pena de 17 años de prisión y mantener su prisión preventiva hasta que la sentencia condenatoria pase en calidad de cosa juzgada, decretando su traslado a una Unidad Penitenciaria de la localidad de Trelew, considerando como agravantes la naturaleza de la acción y los medios empleados para ello. El hecho cometido por Sotelo ha sido cometido con “un particular grado de brutalidad sobre la víctima, a la cual atacó en 22 oportunidades con un arma blanca de grandes dimensiones”.
El hecho fue cometido dentro del habitáculo del rodado, cuando la víctima se encontraba conduciendo, desde atrás y actuando sobre seguro sobre una víctima que no tuvo oportunidad de defenderse. La nocturnidad y la cercanía del domicilio del imputado, lo consideraron como gravante ya que de esa manera actuó sobre seguro y con menor exposición sobre su persona. La extensión del daño causado también la tuvieron como agravante considerando que Schmidt era joven, con hijos menores que se vieron privados de su progenitor. En cuanto a las atenuantes, la corta edad de Sotelo y su falta de antecedentes penales.
El tribunal de debate fue conformado por Alejandro Soñis y Martín Cosmaro; y presidido por Mónica García, jueces penales; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Adrián Cabral, fiscal general; en tanto que la defensa de Sotelo, fue ejercida por Esteban Mantecón, defensor público. Asimismo en la sala se encontraban presentes familiares de la víctima, acompañados por una representante del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito, SAVD.