Crimen de Suárez: el jueves se conocerá el veredicto de responsabilidad penal
Luego se hará la audiencia de cesura o imposición de pena.
COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) – Este miércoles se llevó a cabo la tercera jornada del juicio por el homicidio de Matías Suárez, cuyo único imputado es Joaquín Suárez, primo de la víctima. En la audiencia se incorporaron la prueba documental y los alegatos finales de las partes. Este jueves a las 11hs el tribunal dará a conocer el veredicto penal y luego se realizará la audiencia de cesura o imposición de pena.
Cuando se incorporó la prueba documental del caso se destacó las conclusiones del examen psíquico obligatorio que se le practicara a Joaquín Suárez, que concluyó que no posee signos o síntomas de enfermedad mental y comprende la criminalidad de sus actos.
Seguidamente el imputado accedió voluntariamente a declarar y expresó “Me voy a hacer cargo de lo que se me está imputando, quiero pedirle disculpas a la familia”.
El hecho sucedió el 3 de agosto de 2016, aproximadamente a las 17 hs., cuando la víctima Matías Suárez salía de su domicilio de la calle Luis Pasteur. El primo llegó y descendió de un rodado, se acercó a la víctima y le dijo “ahora vas a ver puto”. Entonces le disparó en el rostro y huyó con destino desconocido. La víctima Matías Suárez fue trasladado por familiares al Hospital Regional donde a las 17.40 hs. murió como consecuencia de un shock hemorrágico irreversible por herida de arma de fuego. El hecho quedó calificado como “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”, en calidad de autor para Joaquín Isaías Suárez.
Banfi mencionó también las conclusiones de la autopsia con la descripción de las lesiones: heridas de arma de fuego, con orificio de entrada en el rostro y salida en el cuello. Respecto de la autoría, hubo evidencia concluyente.La víctima, antes de quedar inconsciente, le refirió a su amigo: “Fue Joaquín”, en referencia a su primo. Tres testigos coincidieron en que el imputado llevaba un revolver al momento del hecho. La madre de la víctima refirió una amenaza de parte del imputado a su hijo “te lo voy a matar” y se concretó. La fiscal asimismo mencionó la conducta del imputado posterior al hecho al mantenerse prófugo 41 días en Bahía Blanca.
El querellante hizo hincapié en relación a la autoría que fue referida por todo el grupo familiar en cabeza del imputado. Todos sabían que existía un inconveniente entre ellos pero nadie imaginaba ese desenlace. También argumentó el reconocimiento del hecho por parte de Joaquín Suárez y su pedido de disculpas a la familia. Quería matar y así lo hizo, con el poder ofensivo extra de la utilización de un arma de fuego.
La expareja de la víctima, con quien comparte un hijo, refirió que no hay consuelo para la familia y mucho menos para el niño. “Necesito poder llegar a casa y decirle que se hizo justicia. Nadie nos va a poder sacar ese dolor”, concluyó.
Los defensores en su alegato consideraron que la figura legal por la que debería ser declarado penalmente responsable Joaquín Suárez es la de “homicidio simple”, en base a los testimonios y la prueba expuesta en al juicio. Todos fueron testimonios indirectos, o de oídas con discrepancias; y el único testigo presencial no divisó con exactitud el arma y salió corriendo. En dicho sentido, plantearon que “no fue probado el agravamiento de la violencia con la utilización del arma”. “El agravante del uso del arma no debe ser aplicado de manera automática, se debe probar el incremento de la violencia que trae su uso”, afirmaron los defensores. Por esto entendieron que no es aplicable al caso el agravante del uso de arma de fuego.
El tribunal de debate fue integrado por Alejandro Soñis, Miguel Caviglia y presidido por Gladys Olavarría, jueces penales; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Camila Banfi, fiscal general; en tanto que la querella la ejerció Sergio Romero, como patrocinante letrado de la madre de la víctima de apellido Araya. También se encontraban presentes en la sala familiares y amigos de la víctima asistidos por una profesional del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito (SAVD).