COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR / Informe Especial) - Nueve jueces de Comodoro se excusaron de actuar en un recurso de amparo presentado por 70 vecinos de barrios Juan XXIII y Puerredón, quienes denuncian la situación de abandono en que se encuentran tras la catástrofe climática. El grupo pretendía exigir por esa vía al Gobierno provincial, al municipio, la Sociedad Cooperativa a los diputados provinciales y concejales de la ciudad que cumplan las obligaciones que les corresponden y que tomen “las medidas de reparación y de prevención, dentro de la esfera de competencia de cada uno, en preservación del derecho a la salud, al ambiente sano, a la salubridad e higiene de la ciudad, seguridad de los presentantes y de los restantes ciudadanos de Comodoro Rivadavia”.

Los magistrados se excusaron de actuar y la Cámara de Apelaciones validó esa posición,  dejando a los inundados sin la posibilidad de reclamo judicial. El caso resulta llamativo por la cantidad de magistrados intervinientes y el rechazo a un planteo de vecinos, ahora abandonados a su suerte tras la decisión de la justicia.

A tal punto, que las abogadas patrocinantes hicieron un planteo ante la Cámara de Apelaciones denunciando la denegación de justicia, pidiendo que ese tribunal ordenase a un juez que se abocara a tratar el tema. Pero la Cámara también rechazó esa posibilidad.

La imagen se viralizó en ADNSUR poco después del temporal.

LA JUSTIFICACIÓN DE LOS JUECES

En la mayoría de los casos, los 9 jueces de primera instancia rechazaron entender en el amparo por tener algún grado de cercanía personal con alguno de los 70 amparistas, ya que dos o tres de ellos se desempeñan laboralmente en el ámbito judicial.

Sin embargo, la Cámara de Apelaciones terminó avalando ese planteo, sin siquiera evaluar una convocatoria a un juez de otra jurisdicción. En el recurso de amparo, los vecinos elevan su queja al gobernador Mario Das Neves, el intendente Carlos Linares, el Concejo Deliberante, la SCPL y diputados provinciales.

En todo caso, cuando los jueces provinciales tramitaron recursos de amparo para reclamar al Estado por un aumento de sueldo que hoy resulta millonario, se habilitó la intervención de conjueces (abogados del foro local para actuar como jueces), pero la vía del amparo no quedó cerrada, sino todo lo contrario.
AVAL DE LA CÁMARA

El posicionamiento de la Cámara fue firmado por 5 integrantes, a excepción de la doctora Mercedes García Blanco. La magistrada se encuentra en uso de licencia y esta semana deberá atravesar la audiencia pública en la Legislatura (una de las demandadas en el amparo) para evaluar sus aptitudes para el cargo que pretende cubrir, como ministro del Superior Tribunal de Justicia.

Los otros magistrados que intervinieron son Ricardo Hayes, presidente de la Cámara; Julio Alexandre, vicepresidente; Silvia Alonso, M.Fernanda Zanata y Fernando Nahuelanca.

QUÉ PEDÍAN LOS VECINOS
El pedido de los vecinos apuntaba a que las autoridades mencionadas fueran exigidas por la justicia para realizar y verificar las siguientes acciones:
1-Llevar adelante las medidas adecuadas y oportunas para proveer los servicios básicos de Alumbrado Público y de Agua potable.
2-Garantizar la salubridad, seguridad y la limpieza del mismo, y la realización de tareas de remoción de arena y escombros, desinfección.
3-Diseñar e implementar un plan de Obras a fin de regularizar el tendido de la red eléctrica.
4-Instalar una red cloacal, y pluvial que permita el drenaje sanitario de una forma oportuna y adecuada.
5-Garantizar el drenaje de las cámaras sépticas, pozos ciegos y sectores del barrio que se encuentren inundados por las lluvias y el lodo.
6-Saneamiento de los suelos contaminados.
7-Elaborar estudios epidemiológicos que informen adecuadamente la situación sanitaria de las poblaciones de los Barrios afectados que permitan individualizar las enfermedades que guarden relación directa con la contaminación ambiental, establecer el número real de afectados y diseñar estrategias adecuadas de abordaje.
8-Otorgar tratamiento integral a todas las personas que hubieran sufrido o sufran daños materiales, físicos y psicológicos como consecuencia de la catástrofe vivida en la ciudad.
9- Otorgar un subsidio económico a los presentantes, a fin de paliar las pérdidas sufridas.
10- Eximir del pago de tasa de higiene Urbana, Impuesto inmobiliario, servicio eléctrico, servicio de cloacas, y servicio de provisión de agua hasta tanto se concreten las obras que sean menester.
Es decir, se trata de un reclamo básico para que cada una de las partes involucradas cumpliera la obligación que les cabe, aunque al planteo judicial le hubiera dado un mayor ordenamiento y una matriz de análisis y seguimiento de esas acciones de un modo más organizado y equitativo.
Sin embargo, los jueces se “fueron pasando la pelota” (perdón, el expediente), hasta que la Cámara de Apelaciones terminó denegando la vía del amparo, reconociendo el derecho de los magistrados a abstenerse de intervenir.
 
ARGUMENTOS DE FAMILIAS INUNDADAS
Los vecinos acreditaron el Certificado de Catástrofe, extendido por la Secretaría de Desarrollo Humano y Familia de la Municipalidad de Comodoro Rivadavia,  que refleja la condición de damnificados directos de la Catástrofe acaecida el día 30 de Marzo de 2017.
En la presentación mencionan entre los perjuicios provocados “la afectación de nuestro derecho a gozar de un ambiente sano, del derecho a la salud, derecho a la seguridad, derecho y gozar de calidad de vida en la que otrora fuera nuestra vivienda digna, de circular por nuestras calles”.

 Y plantean la vía del amparo por la celeridad que este instrumento posibilita, ya que “hemos perdido todo lo que teníamos: nuestras casas, lo que había en ellas, estamos expuestos al estado de insalubridad, inseguridad y daño ambiental en el que se encuentra nuestra ciudad con grave daño a nuestra salud, y que ello se vio agravado por la imperiosa necesidad de abandonar nuestros hogares tapados de barro, quedando a merced de la delincuencia, y que no se han verificado acciones de las autoridades locales y provinciales en salvaguardia de los derechos de la población”.
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