COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - Este martes al mediodía el tribunal declaró legal de detención de Blas Bustamante y Pablo Medina, los dos hombres que en la noche del lunes fueron detenidos por intentar asaltar con un arma de grueso calibre a un chofer de una remisería de zona norte que transitaba por Alem y Rivadavia. Ambos individuos fueron detenidos y golpeados por los compañeros del remisero que recibieron un alerta mediante un mecanismo interno. Bustamante recibió dos meses de prisión preventiva y Medina recuperó la libertad y deberá presentarse periódicamente en la Oficina Judicial.

Dictan dos meses de preventiva para uno de los atacantes del remisero

En horas del mediodía del martes se desarrolló en los tribunales penales ordinarios del barrio Roca la audiencia de apertura de investigación por el hecho acaecido el pasado 20 de febrero en perjuicio de un trabajador del volante, que tiene como imputados a Blas Bustamante y Pablo Medina. La funcionaria de fiscalía requirió se les formalice el hecho a ambos en base al delito de secuestro coactivo y se dicte su prisión preventiva por seis meses; en tanto que la defensa requirió medidas sustitutivas para ambos.

Presidió el acto Mariano Nicosia, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Verona Dagotto, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa de ambos imputados fue ejercida por Esteban Mantecón, defensor general y Vanesa Vera, abogada adjunta de la Defensa Pública.

En un primer momento la funcionaria hizo una breve referencia al hecho a investigar cuando siendo las 23.55 hs. del 20 de febrero, ambos imputados abordaron un remis, Chevrolet Corsa, en la intersección de las calles Rivadavia y Alem, solicitando al remisero que los lleve a la calle Mburucuyá. Allí Bustamante se baja a un domicilio, quedándose Medina en el auto, para luego retornar con una réplica de un arma de fuego con la que apunta a la víctima y le exigen que los llevara a robar. Pasándose el arma uno a otro. A las cinco cuadras los compañeros del remisero detienen al auto y a ambos imputados. Así, califica provisoriamente el hecho como “privación ilegítima de la libertad agravada por la circunstancia de obligar a la víctima a hacer algo”.

Por su parte la defensa no formuló objeción al relato del hecho ni a la calificación legal ya que la misma es provisoria, aclarando que podría variar a coacción. Seguido el juez penal dio por anoticiado a los imputados del hecho y la calificación legal que se les imputa; y por asegurada su defensa técnica.

DECLARACIÓN DE LOS IMPUTADOS

Ambos imputados accedieron voluntariamente a declarar.

Primero Bustamante sostuvo que “no fue así el hecho, le pagamos y tomamos unas cervezas con él”, en relación al remisero. “No tuvimos intención de robarle, ni nada. 300$ le dimos y no lo secuestramos ni nada”, concluyó.

Luego Medina aseguró que “no necesito andar robando porque tengo trabajo. No tuvimos ningún arma y le pagamos por adelantado, 200 o 300$”.

MEDIDAS DE COERCIÓN

A continuación la funcionaria de fiscalía solicitó se declare legal la detención de ambos, realizada en forma particular, en cuasi-flagrancia. Requiriendo la prisión preventiva de los imputados en base a la existencia de elementos de convicción suficientes para tenerlos como probables autores del hecho. También por la existencia de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación. Haciendo alusión a que Bustamante tiene antecedentes penales computables y varias causas en trámite. En caso de recaer condena la misma será de cumplimiento efectivo, sostuvo, y solucutó el plazo de 6 meses de prisión preventiva para ambos e igual plazo para concluir con la investigación.

En contraposición la defensa sostuvo que la detención de sus pupilos ha sido ilegal, más allá de la sensibilidad en la ciudad por el homicidio del remisero Schmidt, “es comprensible que se haya asustado”. Del relato del hecho no surge el acto de retenerlo contra su voluntad. Solicitando medidas sustitutivas como prisión domiciliaria, con permiso de salidas laborales para ambos.

Finalmente el juez penal resolvió que la detención fue legal. Dictando la prisión preventiva de Bustamante por el término de 2 meses en base al peligro de fuga y medidas sustitutivas respecto de Medina, presentaciones semanales ante la Oficina Judicial y prohibición de alejarse de la ciudad sin autorización judicial. Finalmente estableció el término de dos meses para concluir con la investigación.

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