El acusado por femicidio tenía prohibición de acercamiento y permanecerá dos meses en prisión preventiva
Eduardo Atanacio Pardo este domingo fue sometido a la audiencia de control de detención por el crimen de la joven, ocurrido en un descampado de la calle Ricardo Tora.
COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) – Este domingo por la mañana en los tribunales penales del barrio Roca se realizó la audiencia de control de detención y apertura por el femicidio de Daniela Fernández Quelca, la joven boliviana que fue encontrada muerta en un descampado de la calle Ricardo Tora al 2000.
Eduardo Atanacio Pardo, quien se entregó a la policía el viernes fue imputado provisoriamente por “homicidio agravado por el vínculo y por haber sido cometido contra una mujer, siendo perpetrado por un hombre mediando violencia de género”. En contraposición la defensa se opuso a la apertura del hecho y cuestionó la legalidad de la detención de su pupilo.
El acto fue presidido por el juez Martín Cosmaro. Por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de Atanacio Pardo fue ejercida por Viviana Barillari, defensora pública.
La fiscal solicitó que se autorice la apertura de investigación en contra del imputado en base al hecho acontecido el pasado 19 de junio.
En su argumento, relató que Fernández Quelca mantuvo una relación de pareja con el imputado desde principios de 2016, cuando ambos vinieron desde Bolivia a Comodoro.
Esta relación fue signada por agresiones físicas y psicológicas de Atanacio hacia Fernández, las que se tornaban cada vez más graves hasta que Fernández le pidió que se vaya.
Esta decisión no fue aceptada por Atanacio quién continuó hostigando a la joven impidiéndole que rehaga su vida.
Así en horas de la noche del 19 de junio, encontrándose ambos en el inquilinato de la calle Código 765, al 1700 del barrio Moure, donde residían en departamentos separados, Fernández y Atanacio comenzaron a discutir. Ambos se fueron del lugar dejando a las hijas en el departamento de Fernández y en el transcurso de las 23.00 hs y las 8.00 hs del 20 de junio se dirigieron hacia la calle Ricardo Torá, a la altura catastral del 2000, donde Atanacio tomó un bloque, y con claras intenciones de darle muerte, le asestó un golpe en la cabeza, casando la muerte de Fernández por traumatismo encéfalo craneano.
La fiscal solicitó que se declare legal la detención del imputado ya que se presentó voluntariamente junto a su empleador en la Brigada de Investigaciones, quienes informan inmediatamente a fiscalía y asimismo a la Oficina Judicial.
En virtud de la existencia de elementos de convicción suficientes como para tener al imputado como probable autor del hecho, la gravedad del mismo, y la pena en espera como resultado del proceso, solicitó la prisión preventiva de Atanacio.
En ese sentido consideró que existe peligro de fuga y de entorpecimiento, ya que su libertad puede influir sobre testigos, aseguró la acusadora pública. Requiriendo el plazo de dos meses de prisión preventiva y el de seis meses para concluir con la investigación.
En contraposición la defensora solicitó no se declare legal la detención de su pupilo y tampoco compartió la calificación legal esgrimida por la fiscal. “No hay nada que se halla hallado para decir que su asistido tuvo algún tipo de participación” en el hecho.
Además se opuso a la apertura de la investigación del caso ya que “no hay elementos para ello” y consideró que no existen los peligros procesales de fuga, por lo que solicitó presentaciones semanales.
Finalmente el juez penal resolvió autorizar la apertura de la investigación preparatoria del caso, en base al hecho y la calificación legal provisoria enunciados por la fiscal. Declarando asimismo legal la detención del imputado, y dictándole prisión preventiva por dos meses en base a la existencia de elementos de convicción y los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación. Por último estableció el plazo de 6 meses de investigación.