El misionero evangélico fue imputado por grooming y recuperó su libertad
En la audiencia de control de detención, el juez dictaminó que debe presentarse periódicamente en la Oficina Judicial, no puede acercarse a la menor ni a sus padres, y tampoco abandonar la ciudad de Trelew sin autorización.
COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - En horas del mediodía de este martes se concretó en los tribunales penales ordinarios del barrio Roca la audiencia de control de detención y apertura de la investigación en relación al caso de grooming que tiene como imputado al “pastor misionero” Italo Alberto Malatesta, de 70 años, quien le pedía fotos íntimas a una nena de 8. El juez penal resolvió formalizar la apertura de investigación en contra de Malatesta por el plazo de seis meses, imputándolo de "grooming" y decretó su libertad con medidas sustitutivas a la prisión preventiva, presentaciones quincenales ante la Oficina Judicial de Trelew, prohibición de contacto con la víctima y sus progenitores; y prohibición de alejarse de la ciudad de Trelew sin autorización legal.
Durante la audiencia, los representantes de fiscalía requirieron se declare legal su detención y se le formalice el hecho en base a la calificación legal provisoria de grooming, en calidad de autor; en tanto que la defensa no se opuso a la legalidad de la detención pero cuestionó la calificación legal.
Presidió el acto Miguel Caviglia, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal se hicieron presentes Martín Cárcamo, fiscal general y Cristian Ovalle, funcionario de fiscalía; en tanto que la defensa del imputado (presente por videoconferencia desde Trelew) fue ejercida por Viviana Barillari, defensora pública.
En un primer momento, luego de la presentación de las partes, el funcionario de fiscalía solicitó se le formalice el hecho en contra de Italo Alberto Malatesta, integrante de la Iglesia Cristo es el Camino, cuando desde un equipo celular contactó a una menor de 8 años de edad, con claras intenciones de atentar contra su integridad sexual, el pasado 25 de septiembre. Calificando provisoriamente el mismo como grooming, art. 131 del Código Penal, en calidad de autor para Malatesta. Solicitando asimismo el plazo de Ley, 6 meses, para concluir con la investigación.
Respecto de las circunstancias de la detención de Malatesta en la ciudad de Trelew los representantes de fiscalía solicitaron que la misma sea declarada legal ya que la misma fue emanada por Orden de un juez penal competente. Finalmente requirieron el mantenimiento de la medida de coerción bajo las medidas sustitutivas de presentaciones quincenales ante la Oficina Judicial de Trelew, prohibición de ausentarse de dicha ciudad y de contactarse por cualquier vía con la menor víctima y sus progenitores, por tres meses.
Por su parte la defensora no planteó objeción al relato del hecho, ni al plazo de Ley solicitado.
Finalmente el juez penal resolvió formalizar la apertura de investigación en contra de Malatesta por el plazo de seis meses, dando por anoticiado al imputado del hecho y la calificación legal provisoria que se le imputa y por asegurada su defensa técnica. Asimismo declaró legal su detención y en virtud de tener por acreditado su arraigo, decretó su libertad con medidas sustitutivas a la prisión preventiva, presentaciones quincenales ante la Oficina Judicial de Trelew, prohibición de contacto con la víctima y sus progenitores; y prohibición de alejarse de la ciudad de Trelew sin autorización legal.