CAPITAL FEDERAL (ADNSUR) - La decisión es una acordada firmada por la presidenta de la Cámara de Casación Angela Ledesma, los jueces Gustavo Hornos, Alejandro Slokar, Ana María Figueroa (según su voto), Guillermo J. Yacobucci, Eduardo Riggi (en disidencia), Mariano Borinsky, Daniel Petrone, Diego Barroetaveña, Carlos Mahiques, Juan Carlos Gemignani, Liliana Catucci (en disidencia) y Javier Carbajo.

El tribunal recomendó que se adopten medidas alternativas al encierro, tales como la prisión domiciliaria, con los mecanismos de control y monitoreo en beneficio de las personas en prisión preventiva por delitos no violentos, o que no representen un riesgo procesal significativo. O cuando la prisión preventiva superó los plazos legales.

También recomendó dar prisión domiciliaria a las personas condenadas por delitos no violentos que estén próximas a cumplir la pena, a las personas condenadas a penas de hasta 3 años de prisión, a los que estén por ingresar en el régimen de libertad asistida, salidas transitorias o libertad condicional, a mujeres embarazadas y/o encarceladas con sus hijos e hijas y a personas con mayor riesgo para la salud, como adultos mayores o personas con discapacidades que puedan exponerlas a un mayor riesgo de complicaciones graves a causa del Covid-19.

La recomendación abarca a personas inmunodeprimidas o con condiciones crónicas como enfermedades coronarias, diabetes, enfermedad pulmonar y VIH, informó La Nación. Las evaluaciones en cada caso deberían determinar si es posible proteger su salud si permanecen detenidas y considerar factores como el tiempo de pena cumplido y la gravedad del delito o la existencia de riesgos procesales y el plazo de la detención, para los procesados antes de disponer que los envíen a su casa.

Los jueces encomendaron analizar "con extrema prudencia y carácter sumamente restrictivo la aplicabilidad de estas disposiciones en supuestos de delitos graves". También recomendaron a las autoridades penitenciarias el estricto cumplimiento de los protocolos y normas vigentes en materia sanitaria ante la detección de síntomas compatibles con Covid-19 de modo de aislar a los presos dentro del penal y atenderlos.

La medida no es una obligación para los jueces inferiores, pero es una invitación a los abogados defensores a que articulen sus pedidos de libertad domiciliaria. En los considerandos de la acordada se señala que se pretende "aliviar la situación de hacinamiento carcelario con el fin de disminuir los factores de riesgo y facilitar la atención sanitaria ante casos de Covid-19" y, por otro, responder al entorno de aquellos internos que están dentro de alguno de los grupos de vulnerabilidad frente a la pandemia.

"Corresponde aclarar que las medidas recomendadas se motivan exclusivamente en la pandemia Covid-19, motivo por el cual, una vez superada la emergencia sanitaria en la que nos encontramos, los casos deberán ser sometidos a un nuevo examen", aclararon los jueces. Casación dijo que, sin perjuicio de estas recomendaciones, "los jueces deberán asegurar, en cada caso concreto, el debido proceso legal".
 

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