PUERTO MADRYN (ADNSUR) - Gustavo “Gallo” Hernández apeló ante el Superior Tribunal de Justicia la resolución que le negó la libertad por tener fueros. Es en la causa donde está imputado de grooming y abuso sexual con acceso carnal a menor de edad.

Los abogados Carlos Del Mármol y Gustavo Castro, representantes del sindicalista Gustavo Hernández, presentaron un recurso de apelación ante el Superior Tribunal de Justicia. Los defensores argumentan que hubo una interpretación errónea del artículo 248 de la Constitución Provincial y un desconocimiento del “fallo Buzzi” dictado por el Superior Tribunal de Justicia por parte de los integrantes de la Cámara Penal.

El pasado viernes, los camaristas Rafael Lucchelli, Leonardo Pitcovsky y Flavia Trincheri rechazaron el planteo de Hernández, indicando que los fueros "se vinculan a los hechos o actividades que realizan en relación a la función que cumplen y por el que fueron imbuidos oportunamente". "Así -indicaron en su fallo-, dentro de la función sindical se protegen las expresiones y la actividad propia de su función, como representante de un grupo de trabajadores, lo que no implica una garantía que resguarde sus actos personales ajenos a tal función, particularmente, y vinculados a una conducta presuntamente delictiva -enmarcado dentro de un hecho contra la integridad sexual-, como es el caso que se investiga".

Los defensores apelaron esta decisión y en su resolución, conocida el lunes, los camaristas analizan que “si bien es cierto que no se encuentra previsto un recurso ante el rechazo de una apelación de habeas corpus ante el Superior Tribunal de Provincia, resulta el presente la vía indispensable para llegar a la Corte Suprema de Justicia Nacional agotando la última instancia del Tribunal de Justicia Provincial (…) cuando, como el caso, se halla en pugna el innegable amparo constitucional que tiene el derecho a la libertad de una persona y la interpretación de una norma de nuestra Constitución Provincial”, sostiene la resolución firmada por Trincheri, Pitcovsky y Lucchelli.

EL CASO

Hernández está detenido en prisión preventiva imputado por los delitos de “grooming y abuso sexual con acceso carnal” de una menor de edad. Luego de ser detenido, el secretario general del Sindicato de Peones de Taxis de Chubut (SiPeTaCh) hizo un planteo de habeas corpus basándose en los fueros, y argumentó que no podía ser detenido. Tanto la jueza Marcela Pérez como la Cámara Penal rechazaron sus planteos, y ahora deberá resolver el Superior Tribunal de Justicia de Chubut. Los defensores, por su parte, anticiparon que irán hasta la Corte Suprema de Justicia de Nación.

QUÉ DIJO LA CÁMARA PENAL PARA RECHAZAR EL PLANTEO DE FUEROS

“Intentar buscar protección personal en una garantía constitucional concebida para defender los derechos de los trabajadores, esto es, no hacer callar la voz de sus representantes (inmunidad de opinión) o para no apartarlo de la vida pública en defensa de los intereses de sus representados (inmunidad de arresto); en un hecho, como el que se investiga, alejado absolutamente de los casos que la Constitución protege, es bastardear la garantía constitucional reconocida, desvirtuando la esencia de la prestigiosa labor que deben cumplir”, indica uno de los párrafos de la resolución de los magistrados Rafael Lucchelli, Leonardo Pitcovsky y Flavia Trincheri que ahora los defensores piden que revise el Superior Tribunal de Justicia.

“EL FALLO BUZZI”

El denominado “fallo Buzzi” se refiere a la resolución del Superior Tribunal de Justicia de Chubut firmada por los magistrados José Luis Pasutti, Jorge Pfleger y Daniel Rebagliatti Russell en 2015. Allí afirmaron que el por entonces gobernador de Chubut, Martín Buzzi, tenía derecho de acogerse a los fueros para evitar ser imputado y juzgado en la causa del crédito de 10 millones al empresario Omar Segundo si primero no había un juicio político en su contra.

PARA LOS FISCALES LOS FUEROS “NO SON PARA DELITOS COMUNES”

El fiscal Jorge Bugueño y el funcionario Alex Williams indicaron que “el delito nada tiene que ver con la representación de los trabajadores” y explicaron que “la actividad sindical no puede ser un escudo para lograr la impunidad. El artículo 248 de la Constitución Provincial habla de inmunidad pero no para delitos del tenor que estamos investigando, que no se condicen con la actividad sindical”. “No hay fueros personales” sostuvo Williams y explicó que si no se “daría una suerte de patente de corso para quien accede a una actividad sindical para cometer delitos sin ser sometido a proceso”.

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