CAPITAL FEDERAL - La docente fue diagnosticada con “esbozos nodulares en ambas cuerdas vocales” y una discapacidad del 17% tras 13 años de servicio. El fallo salió en las últimas semanas. Los 560 mil pesos más intereses corresponden a incapacidad física, daños morales, tratamiento psicológico y la oportunidad frustrada de desarrollar una carrera profesional como docente. Es que, previo al ingreso al sistema educativo, los exámenes preocupacionales no habían arrojado ninguna dificultad en las cuerdas vocales de la maestra. 

La docente (V.T) cobrará una indemnización de 560 mil pesos de parte del gobierno porteño y de la aseguradora de riesgos de trabajo luego de que, con el correr de los años, perdiera capacidad vocal; según señala el fallo, no se previno debidamente.

El Juzgado N° 10 en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la ciudad de Buenos Aires hizo lugar a la demanda de la docente, que trabaja en escuelas públicas porteñas desde 1997. 

De acuerdo a lo señalado por el fallo, 13 años después, el 7 de septiembre de 2010, en la Clínica de Microcirugía, un otorrinolaringólogo le diagnosticó “esbozos nodulares en ambas cuerdas vocales”.

Fue entonces cuando la docente comenzó con un tratamiento de foniatría y “reposo vocal”, pero una vez que volvió a clases su afección empeoró. Le propusieron una intervención quirúrgica, pero ella prefirió un tratamiento “menos invasivo” y le prescribieron quince sesiones de foniatría, publicó Infobae. 

“El día 21 de octubre de 2010 el facultativo dispuso el alta médica con el diagnóstico de reflujo gastroesofágico, a pesar de haber no realizado estudios complementarios”, dice el fallo.

Al año, la mujer fue diagnosticada por la Junta Médica con una discapacidad del 17%, que después se refrendó en distintas instancias. En ese momento, la demandante tenía 34 años. Por eso, señaló, le faltaban otros 21 años de servicio para alcanzar la edad jubilatoria que contempla el Estatuto Docente.

El titular del Juzgado, Aurelio Ammirato, le atribuye al gobierno porteño no haber adoptado las medidas de prevención pertinentes. Dice que, "por el contrario, se encuentra demostrado mediante la declaración de los testigos que la docente estaba a cargo, ocasionalente, de más de 100 alumnos, que el aula donde se desempeñaba tenía aislación insuficiente y que no recibió capacitación para el adecuado uso de la voz" 

En tanto, a Galeno Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. se le atribuye no haber identificado que existían riesgos para la salud de la maestra.

El fallo a su vez cuestiona no haber brindado técnicas de prevención, no haber hecho controles en las escuelas donde trabajaba y no adoptar medidas a tiempo.

El dictamen de la Comisión Médica de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, asegura que la discapacidad que padece V.T. “guarda relación directa con las tareas laborales. Por ello es dable inferir que si aquélla (la aseguradora) hubiese cumplido con sus obligaciones, la enfermedad profesional de la actora se hubiese evitado, o al menos habrían disminuido sus consecuencias”. 

Desde UTE, el sindicato mayoritario de la ciudad de Buenos Aires, celebraron el fallo. “Se trata de un fallo de avanzada, que claramente representa una excepción. En general, las resoluciones apunta mitigar las consecuencias y no a atacar las causas”, consideró Eduardo López, su secretario general.

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