COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - Días pasados el juez de ejecución penal, por solicitud del fiscal, estableció que Luis Moreno comenzara a cumplir la condena de 3 años y cuatro meses de prisión efectivos que le fueran impuestos durante el debate y luego ratificados en segunda instancia por la Cámara Penal local. Así inmediatamente concluida la audiencia Moreno comenzó a cumplir su condena siendo trasladado a la Comisaría de General Mosconi. Es destacar que son escasos los casos por homicidio culposo en el país con una condena de cumplimiento efectivo a cumplirse en un lugar de detención común.

En octubre de 2017 Moreno fue declarado penalmente responsable del delito de “homicidio culposo agravado por la conducción imprudente de un vehículo automotor” y se estableció para él una condena de tres años y cuatro meses de prisión, de cumplimiento efectivo y 8 años de inhabilitación especial para conducir.

Cabe mencionar que la defensa del condenado solicitó que el cumplimiento de la pena fuera mediante arresto domiciliario, basado en cuestiones de salud. Es de mencionar que el condenado transcurrió el proceso en libertad, con medidas sustitutivas, y una vez que se generó una plaza en el sistema carcelario local, desde el Juzgado de Ejecución fue convocado a presentarse para que inicie el cumplimiento de la misma.

Ante la solicitud de la defensora, el fiscal solicitó se diera intervención al Cuerpo Médico Forense desde donde se dictaminó que están dadas las condiciones para poder brindarle, en situación de encierro, todos los cuidados de salud física y mental que sean necesarios. Dicho informe fue puesto a consideración del juez de ejecución penal, requiriendo el fiscal que Moreno comience a cumplir su condena en una unidad carcelaria local.

Finalmente el juez de ejecución estableció que el condenado comience a cumplir su condena de cumplimiento efectivo.

En su fallo condenatorio la jueza Tassello consideró probada la hipótesis de la fiscal Cecilia Codina acerca del hecho juzgado acontecido el pasado 11 de mayo de 2016, cuando Luis Moreno conducía su camioneta Ranger por la Ruta provincial Nª 39 en dirección a Diadema y que Eduardo Leguizamón conducía su bicicleta en dicha ruta y hacia el barrio Km. 27. En esas circunstancias el imputado Moreno, de manera imprudente e inobservando los deberes a su cargo, embistió fuera de la calzada a la bicicleta de la víctima Leguizamón. Luego el imputado huyó del lugar. De esta manera provocó la muerte de la víctima por politraumatismo grave en cráneo y hemorragia cerebral.

Luego en abril del presente año se realizó a pedido de la defensa la audiencia de impugnación de sentencia ante la Cámara Penal local que resolvió “por unanimidad no hacer lugar a la impugnación ordinaria en contra de la sentencia condenatoria y confirmarla en todos sus términos”.

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