COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - Este martes se concretó la audiencia de revisión de la prisión preventiva para el coimputado Ángel Ibáñez, en el marco de la causa que investiga el homicidio de Alan Nahuelmilla, acontecido entre el 14 y 15 de abril del presente año. La jueza penal resolvió mantener la prisión preventiva del imputado.

En un primer momento, el defensor presentó nuevos elementos a la investigación, como un informe socio-ambiental donde consta "el fuerte arraigo que tiene su asistido. Posee fuertes lazos familiares y es sostén de hogar, con empleo fijo". También como nuevo elemento el defensor mencionó la rueda de reconocimiento con resultado negativo para Ángel Ibáñez, que aconteció la semana pasada. Por último, aportó unas entrevistas a personas que aseguran que su pupilo no se encontraba en el lugar del hecho. Por todo ello, y teniendo en cuenta el principio de inocencia del que goza en el proceso, propició la libertad de Ángel Ibáñez con presentaciones semanales ante la Oficina Judicial, con prohibición de acercamiento a la víctima; y subsidiariamente su arresto domiciliario.

En contraposición, la fiscal Banfi se opuso a la morigeración de la medida de coerción que pesa sobre Ibáñez, toda vez que la fiscalía cuenta con prueba independiente a la rueda de reconocimiento, recordando el hecho por el cual se encuentra imputado Ángel Ibáñez junto a sus hermanos. El mismo "aconteció el pasado 14 de abril, a las 23.00 hs. aproximadamente, cuando la víctima Alan Nahuelmilla y un amigo G. circulaban por la calle Los Duraznos, en zona de quintas, y fueron emboscados por los cuatro imputados armados. Procedieron maniataros y a atarlos con una soga y arrastrarlos con la camioneta trasladándolos hasta la vivienda de uno de ellos. Una vez en el lugar los sometieron a diversos tipos de castigos físicos a ambos golpeándolos con golpes, patadas y golpes en la cabeza con una pala, con la cacha de armas de fuego y le cortaron a uno de ellos las orejas con un alicate en reiteradas oportunidades. Los desnudaron y les tiraron agua fría, tiraban tiros al cielo y amenazaban con matarlos reclamándoles les dijeran donde estaba el televisor; todo ello por un lapso de cuatro horas, mientras filmaban la agresión".

"Ya en la madrugada del 15 de abril los imputados se retiraron del lugar junto a una de las víctimas, Nahuelmilla, arrastrándolo hasta el domicilio de uno de sus tíos donde los abandonaron. Al regresar al lugar los imputados que aún mantenían retenido a G. continuaron con los golpes hacia éste, hasta que aproximadamente a las 8.00 hs. lo liberaron previo amenazarlo que no denuncie lo sucedido. Así, G. huyó hacia su domicilio para luego ser trasladado al Hospital Regional con heridas de carácter grave. Por su parte los familiares de Nahuelmilla lo trasladaron hacia el Hospital donde luego de unas horas falleció por ´traumatismo grave de cráneo por hemorragia intra-cerebral a causa de los golpes recibidos´", agregó la fiscal.

La fiscalía imputó a los cuatro hermanos Ibáñez, Ángel Eduardo, Sebastián, Kevin Edgardo y Marcelo Fabián, en el control de detención el delito de “privación ilegal de la libertad agravada por haber sido cometida contra un menor, por las lesiones graves causadas a una de las víctimas, por la pluralidad de partícipes y por la muerte de una de las víctimas, en calidad de coautores para los cuatro imputados”.

Respecto de la rueda de reconocimiento negativa para Ángel Ibáñez, el testigo no lo reconoció, sí dio características físicas que lo ubicaron en el lugar del hecho. Consideró que "se encuentra acreditado el peligro de fuga, por la pena en expectativa y las características graves del hecho", solicitando que se mantenga la prisión preventiva de Ángel Ibáñez hasta su vencimiento.

Finalmente, la jueza penal Suárez resolvió mantener la prisión preventiva sobre Ibáñez por el plazo que le fuera dictado ya que las circunstancias que trae el defensor no configuran un elemento nuevo, haciendo referencia a la gravedad del hecho y la pena en espera, el peligro de fuga y entorpecimiento. “La fiscal trae un andamiaje que ratifica la presunta participación del imputado en el hecho, más allá del resultado de la rueda de reconocimiento”, concluyó la jueza.

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