Homicidio de Fozziano: confirmaron la sentencia a 14 años para Núñez y readecuaron a 10 años y 8 meses la pena para Hernández
Los jueces de Cámara resolvieron “rechazar la impugnación ordinaria de la defensa de Núñez y confirmar la misma en todos sus términos”, 14 años de prisión; y asimismo “hacer lugar parcialmente a la impugnación de la defensa de Hernández y confirmar parcialmente la misma readecuando la pena en 10 años y 8 meses de prisión”, como “partícipe necesario del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego” que ocasionara la muerte del pescador Gustavo Fozziano.
COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - Guillermo Müller fue el juez de Cámara que oralizó este miércoles los fundamentos sintéticos del fallo por la impugnación de la sentencia planteada por la defensa de Nicolás Núñez y Claudio Fabián Hernández, en relación al homicidio del pescador Gustavo Fozziano. Respecto de Núñez, la sentencia fue “unánime” y repecto a “Hernández, por mayoría”, con la disidencia del juez Montenovo.
Los jueces de Cámara resolvieron “rechazar la impugnación ordinaria de la defensa de Núñez y confirmar la misma en todos sus términos”, 14 años de prisión; y asimismo “hacer lugar parcialmente a la impugnación de la defensa de Hernández y confirmar parcialmente la misma readecuando la pena en 10 años y 8 meses de prisión”, como “partícipe necesario del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego” que ocasionara la muerte de Gustavo Fozziano.
El juez Guillermo Müller, en representación de los jueces de la Cámara en lo Penal local, expresó que “el proceso penal debe ser objetivo y tratar de establecer la verdad de lo sucedido en un hecho ilícito”. Luego debe reprender al autor o partícipe del mismo en base a las pruebas aportadas en el debate. En el presente caso “la sentencia del tribunal de grado mejoró la acusación, y aquí tenemos un inconveniente importante. Fue un hecho gravísimo y queda parcialmente impune”, expresó y agregó: “Actuaron dos personas en darle muerte a la víctima y responsable solo hay una”. Para Núñez las pruebas han sido categóricas, no merece discusión, no hubo legítima defensa, concluyeron los jueces de Cámara.
Respecto de Hernández, describió “el contexto general en el cual se produce el episodio ya que fueron a reparar el honor afectado con un particularidad”, llevando como “empresa cierta forma de venganza”. Quedó claro que buscar el vehículo, llevar municiones, concurrir al lugar con menores de edad, tenía pleno conocimiento Hernández de que Núñez llevaba un arma, sostuvieron. Al llegar al refugio descendieron cinco y comenzaron las agresiones contra las personas que allí se encontraban. Fozziano se bajó de su automóvil a pedir una explicación y fue golpeado, apuñalado y herido de bala, concluyendo por mayoría que Hernández efectuó aportes esenciales para afectar en el resultado. Por tal motivo, lo consideraron por mayoría partícipe necesario de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, con dolo eventual y readecuaron su pena de 12 años a 10 años y 8 meses de prisión.