COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - Este viernes se llevó a cabo la audiencia de revisión de detención de Alberto Emilio Núñez y a Claudio Fabián Hernández, imputados por el homicidio de Gustavo Fozziano, quien fue asesinado durante la madrugada del 22 de abril en un refugio de pesca – conocido como La Escollera – de la zona de Rocas Coloradas en Comodoro Rivadavia. Los atacantes fueron al menos cinco personas. A la salida de la audiencia, se registraron gritos y agresiones de familiares y amigos de la víctima, que se encontraban esperando la salida de los imputados.

Homicidio de Fozziano: Dos meses más de preventiva para los imputados

Nuñez, sindicado como presunto autor del crimen y Hernández, partícipe necesario, cumplieron hoy viernes los dos meses de prisión preventiva que se les dictó en el mes de abril. En la audiencia celebrada en la Oficina Judicial de Comodoro Rivadavia, el juez Martín Cosmaro decidió extender la prisión por dos meses más.

De la audiencia participaron el fiscal, Adrián Cabral, y el defensor de ambos, Mauro Fontoñez, quien solicitó el arresto domiciliario con una presentación semanal, pero fue denegada por el juez. 

Homicidio de Fozziano: Dos meses más de preventiva para los imputados

El fiscal general, Adrián Cabral, se refirió brevemente al hecho investigado acontecido el 22 de abril pasado y sostuvo que persisten los dos riesgos procesales (de fuga y entorpecimiento de la investigación) por los cuales se les dictó la medida de coerción.

En igual sentido se pronunció el querellante, Oscar Herrera, que también solicitó el mantenimiento de la prisión preventiva de ambos imputados por el término de dos meses, considerando el hecho delictivo como de “extrema gravedad, cegando una vida mediante el uso de arma de fuego”, refiriéndose a la extensión del daño causado y los peligros procesales de fuga y entorpecimiento existentes en el caso.

En contraposición, el defensor particular, Mauro Fonteñez, se opuso al mantenimiento de la prisión preventiva solicitada por los acusadores público y privado, argumentando que si bien la investigación ha avanzado, es “caprichosa respecto de mis asistidos, omitiendo endilgar el hecho a otras personas que estaban” en el lugar del hecho. “No existen elementos de convicción para sostener la autoría de un homicidio”, sostuvo el defensor, postulando la figura de “homicidio en riña”, con un mínimo de dos años, de cumplimiento en suspenso.

También concluyó que no se encuentran dados los requisitos de los peligros de fuga ni de entorpecimiento. Ambos imputados tienen un fuerte arraigo y familia en la ciudad y no tienen antecedentes penales ni causas en trámite por todo lo cual requirió el arresto domiciliario de Núñez y la libertad de Hernández con presentaciones semanales en la Oficina Judicial y prohibición de acercamiento a los testigos.

Finalmente, el juez penal, Martín Cosmaro, resolvió mantener la prisión preventiva de ambos imputados por el término de dos meses en base a la existencia de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación, mencionando también “la gravedad del hecho producido en un lugar alejado de la ciudad”.

EL HOMICIDIO

El hecho investigado ocurrió el 22 de abril del presente año, cuando siendo aproximadamente las 05:00 hs. arribaron al lugar los imputados Núñez y Hernández, junto a dos personas más y comenzaron a agredir a otros pescadores que pernoctaban en un Rancho, en un lugar conocido como “La Horqueta” en proximidades a Rocas Coloradas. Algunas personas pernoctaban en el refugio y la víctima, Fozziano, junto a un familiar a bordo de una camioneta. Al escuchar ruidos, Fozziano se levantó e ingresó al refugio, momento en que, sin mediar palabra y con claras intenciones de provocar la muerte Núñez, le produce una herida punzocortante en el maxilar derecho de la víctima y posteriormente un disparo con arma de fuego.

Fozziano falleció como consecuencia de un “shock hipovolémico irreversible por herida de arma de fuego y arma blanca”. Por último, Hernández sacó del lugar a Núñez conduciendo colaborando con su huida, calificando provisoriamente el hecho como “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”, en calidad de “autor” para Núñez y de “partícipe necesario” para Hernández.

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