COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR / Escuchá el audio) – La madrastra de Eduardo Funes, el joven que fue asesinado el 16 de julio de 2016, Sandra Giménez remarcó en Actualidad 2.0 que “lamentablemente el caso quedó impune, hubo muchas contradicciones por parte de los testigos y hubo dos jueces en contra y otro a favor”.

Giménez indicó que “Mariel Suarez tenía pedido la pena máxima mientras que los otros dos jueces no dieron esa condena por falta de pruebas por lo que quedó otro caso impune en Comodoro Rivadavia”.

Por tal motivo, Giménez aseguró que “hasta el momento no había dudas de que las personas eran responsables, de hecho estuvieron un año detenidos. Estábamos tranquilos porque pensamos que se iba a hacer justicia pero lamentablemente la justicia nos falló”.

La madrastra de la víctima recordó que Funes “se encontraba en un campeonato de futbol en el Gimnasio Municipal Nº 3 y supuestamente ahí hubo un cruce de palabras y después termino como terminó”.

Además, indicó que “con las personas se conocían del barrio pero nunca pensamos que iban a llegar a esto o que habría una pelea para que termine así”.

Giménez remarcó que “estas personas quedaron libre aunque Serrano no porque está cumpliendo otra condena. Nosotros queremos ver si podemos lograr otra apelación pero el 27 nos entregarían la resolución del caso y veremos que otras medidas tomar para que el caso no quede impune”. De modo que “nosotros queremos apelar y que el caso se siga adelante”, afirmó.

Finalmente, Giménez recordó que Funes “era un chico bueno, tal vez un cruce de palabras en la cancha, pero se dedicaba a trabajar, ayudaba a su mamá, pero nunca estuvo preso. A él le gustaba jugar al fútbol pero nunca metido en peleas. Él se dedicaba a trabajar en changas y a ayudar a su mamá. No tenía un trabajo fijo y vivía con su mamá, además, tenía un nene de dos años.

EL HECHO

El 16 de julio de 2016, a las 00:30 horas aproximadamente, en inmediaciones de las calles Los Plátanos y Pieragnoli de esta ciudad, Juan Julio Serrano, César Sebastián Bahamonde, y un grupo de al menos tres personas aún no identificadas, agredieron con golpes de puño y patadas a Eduardo Alfredo Funes. Seguidamente, Eduardo Alfredo Funes escapó de sus agresores por calle Pieragnoli en dirección a calle sin nombre, denominado Pje. Los Ciruelos, y fue interceptado por Juan Julio Serrano y César Sebastián Bahamonde, quienes lo agredieron físicamente mediante puntapiés y golpes de puño en su cuerpo para posteriormente y a los fines de seguir lesionando a la víctima, quien seguía con vida, le propinaron y le efectuaron cortes con un elemento mono-cortante.

Posteriormente, los coimputados arrastraron a Eduardo Alfredo Funes hasta la zona del desagüe y allí Juan Julio Serrano tomó la parte superior de una cocina que se encontraba abandonada en el lugar (gabinete de hornallas) y le propinó diversos golpes en su rostro mientras Eduardo Alfredo Funes aún se encontraba con vida. Con el accionar descripto los imputados causaron el dolor y sufrimiento de la víctima, materializado por la crueldad desplegada al causarle 72 lesiones y con diversidad de elementos. Finalmente, y luego de concluida la agresión, Juan Serrano y César Bahamonde se retiraron del lugar corriendo a pie.

Producto de la agresión desplegada por los imputados, Eduardo Alfredo Funes perdió la vida por “shock hemorrágico irreversible debido a múltiples heridas de arma blanca en tórax, abdomen y miembro inferior derecho y múltiples heridas contusas en cráneo y rostro, 21 lesiones causadas en el rostro, y 45 heridas cortantes no penetrantes en zona de tórax, abdomen, miembro superior derecho y miembro inferior derecho, siendo 6 las heridas cortantes penetrantes en cavidad abdominal”. El hecho fue calificado legalmente como “homicidio agravado por haber sido cometido con ensañamiento”, en calidad de “coautores” para Bahamonde y Serrano.

Asimismo, existió un segundo hecho en el cual los imputados desde la vereda de la casa de una testigo efectuaron disparos de arma de fuego en contra de ésta. El segundo ilícito fue calificado como “abuso de armas agravado por ser cometido con el concurso premeditado de dos o más personas”, en calidad de coautores para ambos imputados.

Por su parte, la defensora se opuso a todo cambio de calificación y secuencia fáctica de los hechos. “La Fiscalía pone circunstancias nuevas, distintas de las que se venían defendiendo mis asistidos”, afirmó y dijo que “este cambio no pude ser tolerado porque afecta el debido proceso, viola garantías constitucionales”.

Sostuvo que “tampoco se da el ensañamiento no se da el mayor padecimiento para la víctima, ni la crueldad, ni el suplicio” que exige la figura, requiriendo que se rechace el cambio de plataforma fáctica y se eleve la causa a juicio por homicidio simple.

Finalmente, la jueza penal resolvió admitir la acusación presentada ya que “la modificación y mutación de la calificación jurídica no implica que no se pueda realizar la defensa, le permite a la defensa contestar con sus elementos de prueba. Así el hecho podrá ser controvertido en el juicio. Así la calificación jurídica se ajusta más a la descripción fáctica del hecho; y precisamente en la audiencia preliminar es el momento procesal donde se deben realizar si correspondiere las correcciones para que no haya sorpresas en el inicio del juicio”, concluyó la magistrada. Por último, se procedió al ofrecimiento de la prueba documental y testimonial de las partes, como también se realizaron las convenciones probatorias correspondientes, elevando la causa a juicio oral y público. Ambos imputados permanecen detenidos: Bahamonde con prisión preventiva y Serrano cumpliendo condena en otro legajo.

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