COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - Este martes se conoció la parte resolutiva del fallo en el juicio por el homicidio de Ángel “Leito” Vidal que tiene como único imputado a Cristhian “Piri” Alaniz. El tribunal resolvió por unanimidad declarar a Alaniz autor penalmente responsable en relación al delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”, por el crimen ocurrido el pasado 19 de octubre de 2016. La audiencia de imposición de pena será este jueves a las 12.00 hs.

Homicidio de Leo Vidal: declararon penalmente responsable a "Piri" Alaniz

Las juezas consideraron probada la materialidad del hecho con el acta de defunción y la autopsia realizada por el Cuerpo Médico Forense. Quedó corroborado que el pasado 19 de octubre de 2016, sobre la calle marinero López, la víctima recibió un impacto de bala cayendo sobre la calle en cercanías a una camioneta Ecosport. Luego su padre y su hermano lo trasladan al Hospital donde se produce su deceso.

Respecto de la autoría del hecho las juezas sostuvieron que aquel día del hecho, se disputó un partido de futbol, y luego de concurrir a éste, el grupo de amigos de la víctima regresa al barrio. Pasan por la cuadra de los que denominan “los papa fritas” y ven acercarse un vehículo Corsa blanco comandado únicamente por Cristhian “Piri” Alaniz. Quedaron identificados en el debate dos grupos antagónicos, los que pertenecen al Moure, indicados como “los de arriba”; y los que pertenecen a las 1311 viviendas, identificados como “los de abajo” o “los papa fritas”. Alaniz detiene el rodado, se baja y comienzan los disparos, relataron los testigos. Primero los disparos fueron hacia el grupo y luego hacia Leonardo Vidal. El disparo mortal fue al rostro de la víctima y luego Alaniz se retira del lugar en el vehículo Corsa blanco. “Más allá de la diferencia de percepción de los testigos, la prueba objetiva es irrefutable y coincide con los testimonios que el lugar en donde cayó la víctima fue en la calle”.

Por todo lo expuesto debe declararse penalmente responsable como autor a Cristhian Alaniz en relación al delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”, expresaron las juezas. “Es evidente que no existe error alguno en la psiquis del imputado que le dificultara representarse el resultado”, indicaron descartando la teoría del error propuesta por la defensa.

También las juezas descartaron la teoría fáctica propuesta por la defensa, entendiendo que no existe conducta imprudente en el accionar del imputado. Alaniz actuó con dolo directo, esto es con conocimiento y voluntad de querer dar muerte a Leonardo Vidal.

El tribunal de debate fue presidido por Gladys Olavarría y constituido por la juezas Daniela Arcuri, y Mónica García; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente la fiscal Cecilia Codina; en tanto que la defensa de Alaniz fue ejercida por Guillermo Iglesias, abogado particular del mismo. Asimismo familiares de la víctima fueron asistidos por una profesional del SAVD, Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito.

ADNSUR está certificado por CMD Certification para la norma CWA 17493 de JTI, octubre 2024-2026. Ver más
¿Querés mantenerte informado?
¡Suscribite a nuestros Newsletters!
¡Sumate acá 👇🔗!
Recibí alertas y la info más importante en tu celular

El boletín diario de noticias y la data urgente que tenés que conocer