Homicidio de Samuel Ovejero: el jueves 27 se conocerá el veredicto
El fiscal consideró probada la autoría del hecho por parte de la imputada, Juliana Uribe, y solicitó que se la declare penalmente responsable por “homicidio agravado por la relación de pareja, mediando circunstancias extraordinarias de atenuación”. La defensora argumentó que “Juliana ha actuado en legítima defensa” por haber sido víctima de violencia de género.
COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - Este martes se concretó la audiencia de alegatos finales en el juicio por el homicidio de Samuel Ovejero, ocurrido el 29 de julio de 2017 en el barrio Máximo Abásolo y que tiene como imputada a quien era su pareja, Juliana Uribe. El fiscal consideró probada tanto la materialidad como la autoría del hecho en cabeza de la imputada y solicitó que se la declare penalmente responsable del delito de “homicidio agravado por la relación de pareja, mediando circunstancias extraordinarias de atenuación”. Por su parte, la defensa argumentó que “Juliana ha actuado en legítima defensa” por haber sido víctima de violencia de género.
En su alegato, el fiscal sostuvo que ha quedado acreditado a lo largo del debate tanto la materialidad, la muerte de Samuel Ovejero, como la autoría del hecho, en cabeza de la imputada Juliana Uribe. "La muerte se produce como consecuencia de un shock hipovolémico producido por herida de arma blanca. Varios testigos fueron coincidentes en las circunstancias en las que ocurrió el hecho. Una camioneta Eco Sport que daba vueltas a la madrugada tocando bocinazos, que era propiedad de Ovejero y que se la prestaba a Uribe, su ex pareja".
Mencionó la filmación exhibida en debate donde "se ve que Samuel estaba parado y se desploma en Chazarreta y Timoteo Ortego y se puede observar cómo la camioneta EcoSport se adelantó hasta donde estaba el cuerpo y lo levantan y trasladan hasta el Hospital. Allí Juliana Uribe es detenida".
Agregó el fiscal que también quedó acreditado que "la víctima y Uribe tenían una relación de pareja de más de dos años y que hacía un mes que se habían separado".
También se escuchó el "testimonio de una vecina, imparcial, que por su ventana observa lo que sucedió, donde Samuel estaba arrodillado y era una mujer quien lo golpeaba en la cara con la mano empuñada. A Uribe no se la veía ni golpeada ni lesionada, y fue examinada por un médico, es decir que la agresora era Uribe. No se da en el caso que Uribe se encontraba enmarcada en un contexto de violencia de género", afirmó el fiscal.
"No se desconoce que había violencia, pero era recíproca y cruzada. La agresión era respondida; se defendía. No hay duda de la intencionalidad de Uribe por el elemento utilizado y el lugar elegido para herirlo que le provocó la muerte”, expresó. Sin embargo existen circunstancias extraordinarias de atenuación que serían aplicables al caso, por la relación conflictiva, de agresión mutua, y es en este marco que se produce la muerte de Ovejero.
Por último, el fiscal requirió que se declare a Uribe penalmente responsable del delito de “homicidio agravado por la relación de pareja, mediando circunstancias extraordinarias de atenuación”.
La defensora sostuvo en su alegato que "la violencia se debe analizar a lo largo de toda la relación de pareja y no solo en el momento del hecho. Él la agredía, ambos se agredían, ella se defendía y muy pocas veces había testigos presentes. Juliana nunca ha negado la autoría y su responsabilidad. En la relación se encontraban todos los componentes del ciclo de la violencia familiar. Juliana fue agredida por Ovejero cuando estaba embarazada. La actitud de Juliana de haberlo trasladado a Ovejero hasta el Hospital Regional habla de una actitud responsable", argumentó la defensora.
“Juliana ha actuado en legítima defensa” por haber sido víctima de violencia de género y también de violencia Institucional, remarcó la abogada.
Finalmente, el tribunal pasó a deliberar y dará a conocer el veredicto de responsabilidad penal el próximo jueves 27 de junio, a las 9.00 hs..
El tribunal de debate fue integrado por Gladys Olavarría, Jorge Odorisio y presidido por Raquel Tassello, jueces penales; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Adrián Cabral, fiscal general; en tanto que la defensa de la imputada Uribe fue ejercida por Rosa González y José Palacios, abogados de confianza de la misma. Familiares de la víctima fueron acompañados por profesionales del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito (SAVD).
El homicidio agravado de Samuel Ovejero
El ilícito ocurrió el 29 de julio de 2017, siendo aproximadamente las 12.20 hs., cuando la víctima Samuel Ovejero se encontraba junto a la imputada, con la cual mantenía una relación de pareja, Juliana Uribe, y un menor en el interior de un automóvil e iniciaron una discusión por la devolución de una camioneta. Intervino la madre de la imputada que retiró al menor del lugar.
La imputada Uribe, con claras intenciones de darle muerte, tomó un cuchillo y le asestó al menos tres puñaladas a Ovejero, una de ellas en el tórax que le perforó el ventrículo derecho del corazón, como así también un corte en la sien derecha y laceraciones en los dedos: índice y medio de la mano izquierda.
Llegó inmediatamente el lugar un hermano de la víctima y personal de la Seccional 6ta. Luego trasladaron a la víctima en forma particular al Hospital lugar donde Ovejero murió como consecuencia de un “shock hipovolémico irreversible producido por herida de arma blanca en tórax”.