Homicidio del canillita: Tres meses de prisión preventiva para Montesinos
Este lunes se llevó a cabo la audiencia de control y apertura por el homicidio del canillita Sergio Nahueltruz.
COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - Por el homicidio del canillita Sergio Nahueltruz se concretó este lunes a la mañana la audiencia de control de detención y apertura en contra del imputado Julio César Montesinos. La representante de fiscalía solicitó se le formalice el hecho al imputado en base a la calificación provisoria de “homicidio simple” y se dicte su prisión preventiva. Por su parte la defensora no objetó el hecho ni la calificación legal; pero se opuso a la medida de coerción solicitada y propició su libertad con medidas sustitutivas.
Presidió el acto mariano Nicosia, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente María Inés Bartels y Fabiola López, funcionarias de fiscalía; en tanto que la defensa de Montesinos fue ejercida por Viviana Barillari, defensora pública.
La funcionaria se refirió brevemente al hecho a investigar cuando entre las 11 hs del día 10 de mayo de 2018 y las 23 hs del día 13 de mayo de 2018, Julio César Montesinos se hizo presente en el domicilio sito en calle Código 909 Manzana 64 Parcela 21 de la extensión del barrio Abel Amaya. En circunstancias que aún se investigan, acometió mediante el uso de un arma blanca tipo tramontina con mango de madera, contra la humanidad de Sergio Nahueltruz. Asestándole seis cortes en el cuerpo, los que provocaron la muerte de Nahueltruz debido a un shock hipovolémico. Posterior a ello, el imputado, con sus ropas ensangrentadas, se dio a la fuga del lugar, cerrando la puerta con llave y llevándose la misma, al igual que el teléfono celular del fallecido. Calificando jurídicamente el mismo como “homicidio simple” en calidad de autor para Montesinos.
Solicitando se autorice la apertura de la investigación preparatoria por el término de seis meses. Por último la funcionaria requirió la prisión preventiva por 3 meses del imputado en base a los elementos de convicción suficientes para tenerlos como probable autor del hecho investigado. Mencionando también la existencia de los peligros de fuga y entorpecimiento de la investigación.
En contraposición la defensora argumentó que prevalece el derecho de inocencia y que todas las evidencias colectadas son endebles. No hay evidencias suficientes para mantener privado de su libertad a su pupilo, sostuvo. Solicitando su libertad con medidas sustitutivas y subsidiariamente el plazo de prisión preventiva sea menor que el solicitado, 3 meses.
Finalmente el juez penal resolvió, declarar legal la detención de Montesinos, entendiendo que hay evidencia suficientemente fuerte para el dictado de una medida de coerción. Como así también la existencia de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento, encontrando razonable y fundado el pedido de prisión preventiva, dictándola por tres meses para Montesinos. Por último estableció el mismo plazo para concluir con la investigación.