La madrugada del 21 de octubre de 2023, Lisandro Benítez, defensor público, chocó contra una camioneta en la localidad de Trelew. Según testigos y de acuerdo a lo que consta en la denuncia, el funcionario bajo los efectos del alcohol intentó darse a la fuga, se negó a realizar el test de alcoholemia e insultó al personal policial.

El Defensor General de la Provincia, Sebastián Daroca, inició un sumario contra el funcionario por lo sucedido, y que trascendió públicamente.

El Consejo de la Magistratura de Chubut sesionó durante cuatro días en la localidad de Esquel, y en ese marco, resolvieron avanzar en el pedido de suspensión del defensor y la elevación a jury para su destitución, por conducir alcoholizado.

 El instructor sumariante,Juan Pablo Gallegos, planteó las posibles causales de remoción, en los términos del artículo 209 de la Constitución Provincial fueron: a) Un aparente estado de ebriedad, b) La colisión con su vehículos en las condiciones descriptas en el apartado a), c) Un intento de fuga por parte del Dr. Benítez, d) La falta de colaboración con los propietarios del otro vehículo siniestrado, e) La negativa a colaborar con el personal policial que concurriere al hecho (le requirieron soplar la pipeta del alcoholimetro, a lo que se negó rotundamente), f) La actitud altiva y violenta para con el personal policial, g) La negativa a identificarse ante el mismo, la realización de maniobras peligrosas con su vehículo a fin de evadir el accionar policial, y h) Dar a entender que se encontraría en una posición que lo eximiría de cumplir con los requerimientos policiales.

Se decidió elevar a jury el sumario contra el funcionario
Se decidió elevar a jury el sumario contra el funcionario

De acuerdo a las conclusiones, “existe una exigencia ética o de conducta mayor respecto de los miembros de la administración pública en general” y “a los miembros del Poder Judicial, en cambio, no sólo se les exige un perfil ético similar, sino que la exigencia es superlativa en relación al resto, es decir mucho mayor, y es mayor cuanto más alto se encuentran en la escala de función judicial siendo su máxima expresión, aquellos que ejercen la magistratura judicial, es decir jueces y miembros del Ministerio Público”.

Y se consideró que la causal de mal desempeño obedece también “al ejercicio de la función pública de manera contraria al interés público, actuando al margen de la razón y la prudencia” y “su alcance no se limita a los actos en el ejercicio de la función judicial, sino que también que abarca sus conductas fuera de dicho ámbito.

LA GRAVEDAD DEL HECHO

Para el pleno del Consejo, en consonancia con el sumariante “la conducta del magistrado que conducía un automóvil en estado de ebriedad, en contramano y a gran velocidad, y colisionó con vehículo de alquiler, omitiendo prestar ayuda a sus ocupantes e intentando huir y negándose posteriormente a realizarse el test de alcoholemia, resulta lo suficientemente grave como para configurar la causal constitucional de mal desempeño”.

Se analizó que “implica un serio desmedro de su idoneidad para continuar en la magistratura, pues puso en evidencia un comportamiento que no guardó el decoro exigido por su investidura, repercutiendo dañosamente en el ámbito funcional en el que la sociedad le ha encomendado desempeñarse”.

El funcionario de la justicia se negó a realizar el test
El funcionario de la justicia se negó a realizar el test

Se aclaró que “la finalidad del enjuiciamiento de magistrados no es sancionar al magistrado, sino la de determinar si ha perdido los requisitos que las leyes y la Constitución exigen para el desempeño de la magistratura” y que “la función no es determinar la existencia de un posible delito, sino sólo establecer si el magistrado imputado ha incurrido en mal desempeño”.

ANTECEDENTES PREVIOS DE BENITEZ

También se analizó que “no es la primera vez que el Sr. Benítez tiene este tipo de accionar bajo los efectos del alcohol. Un ejemplo de ello es el hecho ocurrido el 7 de marzo de 2020 en la ciudad de Trelew, en la cual lo tuvo como protagonista, cuando de madrugada estaba orinando en la vía pública en estado de ebriedad y un efectivo policial al acercarse es atacado a piñas por Benítez provocándole un corte en su labio inferior”.

Y se agrega que “otro hecho, que también lo tuvo como protagonista y fue de público y notorio fue el acaecido del día 5 de febrero de 2022, cuando el comando radioeléctrico de la ciudad de Trelew, recibe una llamada telefónica poniendo en conocimiento que un vehículo jeep color oscuro estaba realizando maniobras peligrosas, la división de motos se rige al lugar, divisa el vehículo al detenerlo identifican al conductor Lisandro Benitez”.

“Al advertir el personal policial que el Sr. Benitez se encontraba en aparente estado de ebriedad ( por el aliento etílico, balbuceo al hablar y discordancia motriz ) solicita la realización del test de alcoholemia” que luego “se realiza en la seccional tercera de policía, arrojando resultado positivo, con un valor de 1, 84 g/l”, dice el informe.

Señala el sumarian te que “nuevamente este hecho tomó estado público afectando la imagen de la Defensa Publica como el cargo que ostenta”.

CONCLUSIONES

Finalmente, el sumariante planteó que  “en base a los antecedentes de la causa y el historial de inconductas del sumariado, es que arribo a la convicción de que el funcionario - magistrado ha quedado incurso en la causal de destitución “mal desempeño” conforme la CP (arts. 165 y 168), la Ley V Nro. 80 (art. 15)”.

Señala que “su proceder ha dañado la imagen de la Defensa Pública y afectaron la confianza de la institución ante la sociedad estimo que habiendo mal desempeño y la gravedad ética en su falta, corresponde declarar el mal desempeño del magistrado y remitir la causa al Tribunal de Enjuiciamiento”.

Y finalmente, solicitó al pleno que “se requiera la suspensión del Dr. Lisandro Benítez en sus funciones” (art. 25 Ley V – N° 80) a fin de "resguardar los derechos de quienes acuden a los estrados judiciales" y "la obligación de velar por el cabal afianzamiento de justicia" que se consagra en el texto Constitucional.

El pleno del Consejo de la Magistratura votó favorablemente el dictamen del instructor sumariante Juan Pablo Gallegos, y se resolvió elevar a jury de destitución el caso del defensor público Lisandro Benítez, y pedir al Tribunal de Enjuiciamiento que sea suspendido en el cargo mientras dure el proceso.

Lo anterior fue acompañado por el resto de los consejeros, por lo que las actuaciones correrán ahora por cuenta del Tribunal de Enjuiciamiento de Chubut, que dispondrá los pasos a seguir.

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