RAWSON (ADNSUR) - Hace una semana, los abogados de Comodoro Rivadavia, Gastón Bordier y Cynthia Castro, radicaron una denuncia contra la ex ministra de Familia y Desarrollo Social de Chubut, Cecilia Torres Otarola, al ministro de Gobierno, José María Grazzini y  al dueño de una empresa. Le adjudican un nuevo delito que estaría encuadrado en la figura provisoria de “administración fraudulenta”.

La denuncia fue radicada ante el fiscal general Héctor Iturrioz, por una presunta administración fraudulenta en la compra directa de alimentos durante a emergencia por Coronavirus.  Según indicaron los letrados, se utilizó un decreto de emergencia que tenía vencidos los plazos y parte de ese alimento no había entrado a la provincia. A la fecha que se publica el decreto que autorizaba la compra directa ya había caído el DNU (Decreto de Necesidad y Urgencia) de la Emergencia Alimentaria.

La denuncia fue radicada ante el fiscal general Héctor Iturrioz, por presunta administración fraudulenta en la compra de alimentos durante a emergencia por coronavirus.
La denuncia fue radicada ante el fiscal general Héctor Iturrioz, por presunta administración fraudulenta en la compra de alimentos durante a emergencia por coronavirus.

“Al fundarse el decreto simple en un DNU que ya había perdido vigencia, la norma es ilegal. La compra directa tiene irregularidades porque se hizo sorteando los procedimientos de la Ley de Contrataciones del Estado”, explicó Iturrioz a ADNSUR. Mientras aclaró que  está viciada de nulidad”.

La compra de alimentos fue por un total de $12.300.000. “También se dice que el proveedor no tenía los bienes de libre disposición y dudan que haya ingresado a los depósitos provinciales”, manifestó.

Asimismo, el fiscal aclaró que realizará un primer análisis de los elementos de la denuncia. “Tengo que ver si hay un delito o no acorde al artículo 269 del Código Procesal. La primera medida es el conteo exacto de los cómputos para ver si es cierto que el DNU había perdido eventualidad jurídica o no. Tenemos el artículo 156 de la Constitución Provincial que habla de días corridos para elevar el DNU a la Legislatura y después de 30 días sin alusión alguna para su aprobación o rechazo. Entonces, tenemos que contabilizar los plazos. Si pasaron los 30 días, habrá una norma infundada y si no los pasaron, no la habrá. Es una cuestión cronológica y matemática”, detalló.

Por último, Iturrioz aseveró que se trata de dos hechos claramente definibles. “Supongamos que hubieran pasado o no los 30 días, que tenía eventualidad el DNU que está cuestionado por su vigencia. Eso no me inhibe para investigar si ingresaron o no los bienes que se compraron”, puntualizó.

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