COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR/Incluye audio) - El fiscal Héctor Iturrioz se refirió en diálogo con Actualidad 2.0 al inicio del juicio contra los exintendentes de Comodoro Martín Buzzi y Néstor Di Pierro por  incumplimiento de los deberes de funcionario público y desobediencia judicial que comenzó este lunes y explicó que por no respetarse la sentencia se sigue incrementando la multa para el municipio con un monto ya consolidado de “$15 millones” y que se acrecienta unos $3 mil por día. En cuanto a la pena que puede caberles a los ex funcionarios, aclaró que “son escuetas. El máximo es de 2 años, que es lo que hemos pedido. Sería e prisión en suspenso y pueden ser inhabilitados por el doble del tiempo de condena”.

Iturrioz detalló que “finalmente esta vez se concretó” el inicio del juicio tras recordar que previamente hubo “cuatro ocasiones fallidas”. 

El fiscal dijo que “son tres jornadas las programadas” y que “el miércoles o a más tardar el jueves haríamos los alegatos”.

En cuanto a la imputación, recordó que es “doble concurso ideal por incumplimiento de los deberes de funcionario público y desobediencia judicial” e hizo un repaso sobre la causa, que “tiene asiento en un terreno fiscal que casi contemporáneamente se les dio a dos ciudadanos comodorenses.  A uno se le hizo una adjudicación en venta y como se vieron incumplimientos se le dio a otra persona en reserva. Esto empezó en el año 1982”, repasó.

El largo litigio fue iniciado hace casi dos décadas por Idalio Dos Santos Pires, quien ganó un juicio al municipio por la propiedad de un lote fiscal. Sin embargo, esa tierra no le fue entregada. De allí el origen de la denuncia penal por presunto “incumplimiento de los deberes de funcionario público” y “desobediencia judicial”.

El fiscal precisó que “recién en el año 2000 la Cámara terminó la discusión en el ámbito local; le indicó devolver el terreno a Dos Santos Pires y en 2007 el Superior puso coto definitivo a la discusión y le dijo a la municipalidad que tenía que entregarle ya el terreno” al adjudicatario. “Se notificó al Dr Buzzi que aparentó que iba a cumplir y terminó su gestión sin dar cumplimiento a la manda judicial. Luego empezó el periodo de Di PIerro, quien tenía partidas importantes para terminar con este conflicto, pero se siguió dilatando la cuestión hasta que terminó el mandato sin entregarse el terreno a Dos Santos Pires”.

Según precisó Iturrioz, actualmente el incumplimiento por día, que en su momento era de $500, “es de 3 mil pesos. Hoy hay 15 millones de pesos sólo en multa que tiene que afrontar el municipio” sin contar “ningún pago resarcitorio por los 30 años”. En ese sentido, Iturrioz advirtió que la acción por “daños y perjuicios va a ser millonaria”.

Elena Yrrazabal on Twitter

Consultado sobre si existe alguna forma de ponerle protección al Estado municipal en ese sentido, dijo que “no porque no se planteó oportunamente”.

En cuanto a la pena que puede caberles a los ex funcionarios, aclaró que “son escuetas. El máximo es de 2 años, que es lo que hemos pedido. Sería e prisión en suspenso y pueden ser inhabilitados por el doble del tiempo de condena”.

PRIMERA JORNADA DEL JUICIO

Este lunes finalizó la primera jornada de debate en relación a una causa por los delitos de desobediencia judicial e incumplimiento de los deberes de funcionario que tiene como imputados a Martín Buzzi y Néstor Di Pierro. La defensa de éste último postuló la prescripción de la acción penal y cuestionó la intervención de la parte querellante.

La defensa de Buzzi adhirió a lo planteado por el codefensor, mientras que el fiscal y la querella argumentaron que los planteos defensivos ya fueron reeditados y rechazados, por lo cual solicitaron se continúe con el debate.

Finalmente, la jueza resolvió que las cuestiones planteadas las resolverá al momento de la sentencia; y dio continuidad al juicio.

Presidió el acto como tribunal unipersonal Raquel Tassello, jueza penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Héctor Iturrioz, fiscal general; en tanto que la querella fue ejercida por José María Ferreira de las Casas. La defensa de Di Pierro fue ejecutada por Guillermo Iglesias; en tanto que la de Buzzi por Lucía Pettinari, defensor particular y defensora pública respectivamente.

En la jornada, el fiscal expuso su teoría del caso y manifestó que el 14 de diciembre del año 2007 la Sala en lo Civil del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut, dictó Sentencia Definitiva en relación a los autos caratulados: “Dos Santos Pires, Idalio c/ Municipalidad de Comodoro Rivadavia s/ Ejecución de Sentencia” mediante la cual puso fin a un largo litigio existente entre el allí actor Idalio Dos Santos Pires y la Comuna local en relación al fundo urbano identificado como Lote “e” de la Manzana 65 del Barrio Industrial de Comodoro Rivadavia. En ese sentido el Punto 3° de la parte resolutiva del fallo, rezaba: “insistir en el cumplimiento de la Sentencia Definitiva dada por la misma Cámara, intimando a la demanda Municipalidad de Comodoro Rivadavia a dictar en el término de cinco días desde que quede firme la presente, el acto administrativo que apruebe la cesión de derechos efectuada por el Sr. Delfor Martínez a favor del actor sobre el lote “e” de la manzana 65 del Barrio Industrial de la misma ciudad. Si cumplidos la demanda no lo agrega al juicio, la Cámara aplicará intereses a razón de pesos quinientos ($ 500) por día de retraso y dará intervención a la Justicia Penal competente.”

En cumplimiento de la manda antes mentada, el Ejecutivo Municipal en la persona del por entonces su titular, Intendente Martín Buzzi, dictó las Resoluciones mediante las cuales se aprobó la cesión de derechos llevada a cabo entre los Sres. Martínez y Dos Santos Pires, y resolvió otorgar Título de Propiedad a favor de este último, todo en relación al lote ya referenciado. Sin perjuicio de ello posteriormente el mismo jefe del ejecutivo municipal resolvió, en claro incumplimiento de la norma individual transcripta al inicio y de sus propias resoluciones; mediante Resolución N°: 2227/08: “Suspender la ejecutoriedad de la Resolución 1108/08”, la que seguidamente fue abrogada mediante Resolución N°: 2457/09, dando muestra cabal de la ilegitimidad manifiesta que evidenciaba esta desde su dictado. Por último y ante múltiples dictámenes de la Asesoría Letrada del Municipio, mediante Resolución N°: 2108/10, el mismo Buzzi resolvió dejar sin efecto la Reserva efectuada mediante Resolución 2068/92, e intimar (al Sr. De Roberto) a desocupar el inmueble, libre de ocupantes (sic) y casas.

A partir de allí ninguna acción positiva han tomado para dar cumplimiento a la Sentencia del Superior Tribunal, ni a la Resolución N°: 1108/08 no obstante estar esta última en plena vigencia; negándose a ejecutar dichos mandatos legales, tanto Buzzi, ni el sucesor de este el intendente, Néstor José Di Pierro, siendo que este último contó con partidas presupuestarias para hacer frente a la obligación en mora durante los ejercicios 2.012 (Ordenanza N°: 10.303/11 Anexo IX $ 4.400.000), 2.013 ($ 2.500.000) y 2.014 (1.500.000); inejecución que ha irrogado ya ingentes perjuicios al erario Municipal, por los que deberán responder en el fuero respectivo, calificando legalmente los mismos como “desobediencia judicial en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público” en calidad de autores para Buzzi y Di Pierro.

La defensa de Buzzi planteó que el querellante incorpora un delito que no fue imputado en la audiencia preliminar y ello viola el debido proceso, en tanto que la de Di Pierro postuló la teoría del caso negativa y subsidiariamente expresó que “no se pude defender a alguien a tientas, y el hecho no se cambia”.

Seguidamente se escuchó los testimonios de varios testigos y para mañana martes se espera continuar con el debate.

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