TRELEW - La Justicia decidió que la empresa de transporte urbano “El 22”, de Trelew deberá pagarle más de un millón de pesos por daños y perjuicios a una joven estudiante que sufrió serias lesiones oculares dentro de una de sus unidades, cuando ésta fue atacada a piedrazos.

Según reseña Jornada, el incidente ocurrió el 7 de agosto de 2014 a las 20.20, cuando el colectivo iba sobre Avellaneda, entre La Rioja y Belgrano y un grupo de vándalos le arrojó piedras, una de las cuales rompió los vidrios laterales y golpeó a la mujer –que en ese momento tenía 19 años- en el ojo derecho.

Tras la intervención de la Comisaría 2ª, una ambulancia la llevó al Hospital Zonal, donde le hicieron puntos en la herida, la curaron, le suministraron medicamentos, le hicieron placas y la mandaron a su casa. Días más tarde, y tras consultas a una clínica privada, le diagnosticaron desprendimiento de retina.

La joven fue derivada a la Fundación Zambrano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Tuvo cuatro cirugías y sigue en tratamiento ambulatorio por la gravedad de las lesiones y secuelas. La causa penal que se había iniciado, se archivó sin sospechosos.

En tanto, la joven padece incapacidad total y permanente del 47%: pérdida de visión en el ojo derecho del 24%, la cicatriz en el rostro del 13% y la “reacción vivencial anormal neurótica”, del 10%.

Debido a que en la zona del hecho eran frecuentes los ataques a los ómnibus, la joven demandó a la empresa “El 22”, argumentando que "la empresa no actuó diligentemente realizando erogaciones o adoptando medidas para extremar la seguridad de sus pasajeros, tal como la colocación de vidrios laminados”, y pidió aplicar la Ley de Defensa del Consumidor.

Aunque Martín Meza, apoderado de la firma, afirmó que la empresa cumplía con las normas de seguridad de la Secretaría de Transporte Nacional, como ventanas de vidrio templado, parabrisas de vidrio laminado, como los vidrios de las puertas trasera y delantera y los laterales izquierdos de las ventanas del conductor. Además, sostuvo que la agresión había sido obra de un vándalo, y que la mujer había tenido un tratamiento oftalmológico previo en ese ojo, dudando que las lesions fueran producto de lo sucedido en el micro

Sin embargo según el fallo, a la pasajera y a la empresa las unía una relación de consumo. “El transportista es responsable y sólo puede exonerarse de su responsabilidad demostrando que el suceso ocurrió por caso fortuito, culpa de la víctima, o por el hecho de un tercero”, indica Jornada.

La Empresa “El 22” estaba obligada a conducir sano y salvo al viajero que pagó el boleto. Si no lo hace, es responsable. Que un sujeto arroje un piedrazo a la ventanilla no fue un “hecho imprevisible”, eso lo declaró el mismo chofer: en ese mismo sector ya habían ocurrido rotura de vidrios. 

La firma estaba obligada a custodiar el área o colocar vidrios de protección. Las posibles medidas incluyen ventanillas cementadas, puertas de seguridad, protección contra incendio, techos acolchados, cercas de alambre tejido, etcétera, además de vigilancia en zonas y horarios de riesgo y advertencia a los pasajeros.

Fuente: Jornada

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