COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) - Durante la audiencia de revisión de la prisión preventiva de María Angélica Cárcamo -la mujer que apuñaló al hermano en medio de una pelea familiar- la defensora solicitó el arresto domiciliario pero la funcionaria de fiscalía se opuso y pidió mantener su prisión preventiva.

En un primer momento la defensora, en virtud de la prisión preventiva por 15 días que le fuera dispuesta en la audiencia de control a su pupila, solicitó el arresto domiciliario fundando su pedido en el Art. 10, inc. F) del Código Penal de la Nación que establece que “podrán, a criterio del juez competente, cumplir la pena de prisión en detención domiciliaria la madre de un niño menor de 5 años…”.

La defensora también fundó su pedido en la Convención sobre los Derechos del Niño, de jerarquía Constitucional, donde se dispone que el “Estado se compromete a velar que el niño no sea separado de sus padres”. Por último la defensa argumentó la “no trascendencia de la pena a terceras personas y el estado de inocencia de toda persona en proceso”.

En contraposición. la funcionaria de fiscalía se opuso a la solicitud de la defensora ya que “sus fundamentos no son suficientes para revocar la decisión de la jueza”, de establecer la prisión preventiva de Cárcamo, en la audiencia de control de detención.

“La menor referida por la defensora se encuentra a cuidado de familiares, contenida y resguardada”, sostuvo la funcionaria. Hay testigos que sienten temor y el hecho investigado es sumamente grave, encontrándose vigentes los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación.

Por ello planteó su oposición al pedido de la defensa de morigerar la medida de coerción y pidió que se mantenga la prisión preventiva de 15 días que le fuera dictada en la audiencia de control.

Finalmente, la jueza penal resolvió diferir la resolución otorgando 24 horas a la defensora para que acredite con prueba documental su planteo. Calificó como atendible lo manifestado por la defensora, pero no surge prueba documental de lo argumentado; no hay un Informe Social.

Por otra parte, la fiscalía sostiene que hay familiares que pueden hacerse cargo de la menor en distintos horarios.

Presidió el acto Gladys Olavarría, jueza penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Patricia Rivas, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa de Cárcamo fue ejercida por Viviana Barillari, defensora pública. El fiscal a cargo de la investigación es Adrián Cabral.

EL ATAQUE AL HERMANO

El hecho investigado ocurrió el 18 de noviembre de 2018, a las 22:00hs aproximadamente, cuando María Angélica Cárcamo junto a su pareja Ángel Brizuela concurrieron a bordo del rodado Ford Ka al domicilio de la víctima (hermano de la imputada) y su pareja, ubicado en calle Miguel Briante al 300, del Barrio Cordón Forestal.

Una vez allí ambos descendieron del auto momento en que Angélica Cárcamo comenzó a aplicar golpes con un palo de hacha o picota rompiendo los cristales del rodado VW Voyage propiedad de su hermano. Ante ello la víctima intervino a fin de evitar que su hermana continúe causando daños en su rodado ocasión en que se entremetió Ángel Brizuela forcejeando con la víctima, arremetiendo ambos contra la humanidad de éste aplicándoles golpes con el palo que portaban y al menos dos estocadas en la zona abdominal comprometiendo órganos vitales, dándose a la fuga del lugar una vez que hirieron a la víctima.

Debido a la lesiones sufridas por la víctima, su pareja decidió trasladarlo hasta el Hospital Regional de esta ciudad, donde ingresó rápidamente al Sector de Cirugía, practicándose las primeras prácticas de curaciones y suturas, encontrándose hasta el momento internado en el Área de Terapia Intensiva con pronóstico de alto riesgo de vida.

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