COMODORO RIVADAVIA (ADNSUR) -Este lunes se efectuó la audiencia de control de detención y apertura de la investigación en varios legajos al imputado R. A. G.. La fiscal solicitó se le imputen tres legajos por los delitos de desobediencia judicial, daños y amenazas; y asimismo se le coloque una tobillera electrónica con el fin de controlar la medida de prohibición de acercamiento y contacto con la víctima, su expareja, lo que finalmente fue confirmado por la jueza. 

En un primer momento se trató el hecho acontecido el 11 de mayo pasado, cuando siendo aproximadamente las 11.30 hs. el imputado R. A. G. llegó hasta la casa de su expareja, donde reside ésta última junto a hijos en común de ambos. En el domicilio se encontraba sólo uno de sus hijos, a quien le pidió sacar el auto. Ante la negativa del hijo R. A. G. le refiere “no te hagas el vivo, te voy a reventar”. Inmediatamente llegó su expareja y personal policial, que lo detuvieron, ya que desoyó una medida de prohibición de acercamiento dispuesto por el Juzgado de Familia.

Se solicitó declarar la legalidad de la detención ya que la misma fue realizada en flagrancia y calificando provisoriamente el hecho como “desobediencia judicial, en concurso real con amenazas”, en calidad de autor para R. A. G..

En su descargo, el imputado dijo que “llevaba una persona para hacer el mantenimiento y que no amenazó a nadie”.

Por su parte, la defensora postuló que se declare “ilegal la detención” y se opuso a la apertura de la investigación. Respecto de las amenazas “no se da el tipo objetivo”, sino que fue un “ejercicio de poder correctivo de un padre a un hijo adolescente con una actitud rebelde”. En cuanto a la desobediencia la fecha del dictado de la medida de prohibición de acercamiento fue el pasado 4 de marzo, por dos meses, es decir que a la fecha del hecho no estaba vigente; "existió un error de prohibición", concluyó la defensora.

En contraposición, la fiscal sostuvo que se considera como el comienzo de la medida de prohibición de acercamiento a partir de la notificación de la misma al imputado, que fue el 14 de marzo.

La jueza penal resolvió finalmente declarar “legal la detención” del imputado pero no formalizó el hecho por los delitos de amenazas, ni por desobediencia judicial.

Formalización de varios hechos de violencia familiar:

Seguidamente, luego de un cuarto intermedio, la fiscal solicitó formalizar y acumular varios legajos de investigación por un conflicto familiar con una cantidad numerosa de denuncias en contra de R. A. G.. El primer hecho aconteció el pasado 23 de julio de 2018 cuando el imputado se hace presente en el domicilio de su exesposa, aprovechando que la misma se encontraba en su lugar de trabajo, le tira sus cosas y le impide el ingreso al su domicilio.

Otro fue el 30 de diciembre de 2018 cuando la víctima se encontraba junto a su actual pareja a bordo del automóvil de él, cuando se hace presente en el lugar el imputado R. A. G. y munido de una barreta rompe los vidrios del rodado y toma a golpes de puño a la actual pareja de la víctima. 

El tercer ilícito aconteció el pasado 16 de abril del presente año cuando el imputado, junto a uno de sus hijos, se encontraba a bordo de un vehículo y al ver a su expareja en la vereda, amenaza con tirarle al auto encima y le expresa, “la próxima no fallo”, violando así una prohibición de acercamiento y comunicación dictada por el Juzgado de Familia, calificando provisoriamente los mismos como “desobediencia judicial, dos hechos, daños y amenazas, todo en concurso real”, en calidad de “autor” para R. A. G..

La fiscal solicitó el plazo de ley, seis meses, para concluir con la investigación.

El imputado negó dos de los hechos y aseguró que le “quemaron un auto” y que “no quiere tener problemas”.

La defensora solicitó que se evacúen las citas, pero no se opuso a la apertura de investigación, ni al plazo de investigación.

La fiscal Blanco pidió medidas de protección para la víctima, por el conflicto familiar de la separación, destacando la vulnerabilidad de la víctima que informa el Equipo Técnico Interdisciplinario (ETI) y la medida del Juzgado de Familia sin solución. Por esto pidió prohibición de acercamiento y contacto del imputado con la víctima por seis meses, controlada por un dispositivo de tobillera electrónica.

Por su parte, la defensa no se opuso al dispositivo pero le pareció excesivo el plazo, solicitando dos meses y su libertad.

Finalmente la jueza penal resolvió formalizar la apertura de investigación de los últimos tres hechos, dando por anoticiado a R. A. G. de los mismos y por asegurada su defensa técnica. Estableciendo el plazo de seis meses de investigación y con “el objeto de proteger a la víctima y al propio imputado, dispuso la aplicación de la tobillera electrónica por el término de dos meses”.

Presidió el acto Raquel Tassello, jueza penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Claudia Torrecillas, abogada de la Defensa Pública.

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