Le puso un cuchillo en el cuello a su ex mujer y la amenazó de muerte, pero su condena es de "ejecución condicional"
Daniel Silva fue econtrado autor penalmente responsable de los delitos de violación de domicilio y amenazas con arma y hurto, y recibió la pena de 1 año y 6 meses de prisión de ejecución condicional.
SARMIENTO (ADNSUR) - El Juez Roberto Casal resolvió condenar a Daniel Silva (49), como autor penalmente responsable de los delitos de violación de domicilio y amenazas con arma y hurto. El acusado recibió la pena de 1 año y 6 meses de prisión de ejecución condicional. En tanto, resultó absuelto por el delito de daño. Asimismo, el magistrado, aunque reconoció que la situación de violencia familiar no fue atendida de manera apropiada por los organismos pertinenes, dispuso hacer saber a los titulares del Poder Ejecutivo Municipal y Provincial y al Defensor General Adjunto que deberán abocarse en forma inmediata a promover la solución de la conflictiva familiar denunciada por la víctima, a los fines de que se le garantice el derecho a vivir una vida sin violencia.
En la sala de audiencias de la Oficina Judicial se desarrolló una audiencia de la lectura de la sentencia,en el marco del juicio oral y público realizado contra Daniel Ricardo Silva (49). El imputado fue juzgado como presunto autor de los delitos hurto, amenazas agravadas por el uso de armas en concurso real con violación de domicilio y en concurso real con daño .
El acto judicial fue presidio por el Juez Roberto Casal. El Ministerio Publico Fiscal estuvo representado por la Fiscal, Laura Castagno. La defensa del imputado fue ejercida por el abogado de la Defensa Publica, Gustavo Oyarzun. La víctima estuvo acompañada por su grupo familiar y profesionales del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito (S.A.V.D).
EL DERECHO DE VIVIR EN PAZ
En las aclaraciones preliminares, Casal señaló que luego de efectuado un análisis meduloso de la cuestión traída a debate no pudo menos que destacar que a esta instancia se llegó por la inoperatividad de todos aquellos operadores (provinciales, municipales y judiciales), que no supieron -o no quisieron- dar una debida respuesta, en tiempo oportuno, a la problemática planteada por las partes en conflicto.
En este marco, afirmó que fue la propia víctima durante el debate quien señalo que llevaba años padeciendo el hostigamiento de su ex pareja sin que nadie la diera respuesta. Esta situación, fue confirmada por las operadoras del S.A.V.D y el Equipo Técnico Multidisciplinario (E.T.I).
En este sentido, el juez cito jurisprudencia sobre" Violencia de Género, Femicidio y Derecho Penal" destacando que "el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia, es un derecho garantizado por el Estado y por el Derecho Internacional de los derechos humanos, lo cual implica que la violencia de género, en cualquiera de sus manifestaciones, debe ser reprimida y erradicada definitivamente, esta es una decisión irrenunciable en un Estado Democrático de Derecho".
Asimismo, mencionó la Ley 26.845 de Protección Integral Para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra Las Mujeres, en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.
En este contexto, refirió que la Ley 26.845, determina que los tres poderes del Estado, sea del ámbito nacional o provincial, garantizaran "la asistencia en forma integral y oportuna de las mujeres que padecen cualquier tipo de violencia , asegurándole el acceso gratuito, rápido, transparente y eficaz en servicios creados a tal fin, así como promover la sanción y reeducación de quienes ejercen violencia".
CONDENA Y TRATAMIENTO
Con respecto a los hechos, el magistrado, encontró debidamente acreditada la materialidad de los hechos. Segun su criterio, se logro probar, el ingreso a la vivienda ocupada por la damnificada, las amenazas con armas que le profirió, y el hurto.
En tanto, considero que la parte acusadora no pudo acreditar, de manera suficiente, el delito de daño.
Así las cosas, el Juez Casal, resolvió condenar a Daniel Ricardo Silva, como autor penalmente responsable de los delitos de violación de domilio y amenazas con arma, en concurso ideal y hurto, en concurso real.
Por estos delitos, le impuso la pena, de un años y seis meses de prisión, de ejecución condicional.
Con respecto a las reglas de conducta, resolvió que Silva, debe abstenerse, por el término de dos años, de concurrir a la vivienda de la víctima, y relacionarse con ella.
También, estableció que una vez que esta sentencia adquiera firmeza debe realizarse una amplia evaluación psicológica a los fines de establecer la necesidad de un tratamiento, para Daniel Silva.
Por último, dispuso hacer saber a los titulares de los Poderes Ejecutivos Provincial y Municipal y al Defensor General Adjunto, que dentro de las órbitas de sus competencias, y a través de los organismo pertinentes, deberán abocarse en forma inmediata a promover la solución de la conflictiva familiar denunciada por la víctima a los fines de que se le garantice el derecho a vivir una vida sin violencia.
LOS HECHOS
En octubre del 2012, Silva, ingreso al domicilio de la víctima, sin tener autorización. En ese lugar desacomodo varios elementos. Luego, tomó a la mujer del cuello, le coloco un cuchillo y le dijo "te voy a matar". Esta violenta situación se desarrolló ante la presencia de los hijos de la víctima y otros testigos.
Dos años después, el agresor ingresó al lugar de trabajo de su ex esposa y le sustrajo la cartera y una campera.